Page 23 - San Juan Lalana
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Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                                                   Continúa a la derecha…
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SOL, en cantidad de $693,895.76                                                       FECHA            NÚM.       COMPROBANTE   IMPORTE  CONCEPTO                      IMPORTE                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
(Seiscientos noventa y tres mil ochocientos noventa y cinco pesos 76/100 M.N), no                                                     30/12/2023                      PROVEEDOR                                         OBSERVADO
ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior                                                  977BE451-6EAD-                                        SERVICIOS
y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las                                                                 498C-AFC2-    ADMINISTRATIVOS   309,300.00 ADMINISTRATIVOS DEL             309,300.00
observaciones realizadas.                                                                                                                          3AA73E168E07    GENERALES AGF
                                                                                                                                                                                                        EJERCICIO 2023       $309,300.00
Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad                                                                                            $309,300.00
Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo
tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 28                                              Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina Financiera
de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y                                                     de las Entidades Federativas y los Municipios; 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto                                                 mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la
de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                        Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                                                                                                                      Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye                                         Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
como no solventado el Resultado: AF-24.                                                                                               Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

El siguiente Resultado: AF-25 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
se transcribe a continuación:                                                                                                         acción:

                                                                                                                                      Pliego de observaciones:

                                                                                                                                      2023-OA/CPM/057/2024-PO-21.

                                                                                                                                      Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                      documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $309,300.00 (Trecientos
                                                                                                                                      nueve mil trescientos pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”

                                                                                                                                      (…)

       (…)

       “RESULTADO: AF-25        CON OBSERVACIÓN                                                                                       Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
                                                                                                                                      Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
       De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3364 OTROS SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO NO DESCRITOS                              transcrito en cantidad de $309,300.00 (Trecientos nueve mil trescientos pesos 00/100
       ANTERIORMENTE, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de                                M.N.), no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
       Choápam, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $309,300.00 (Trecientos nueve mil                             Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por
       trescientos pesos 00/100 M.N.), observando que la partida no se encuentra aprobada en el Presupuesto                           aceptadas las observaciones realizadas.
       de Egresos; así mismo, los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la
       documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme                           Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 8 párrafo segundo de la Ley de Disciplina
       a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en                          Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 34 de la Constitución Política de
       cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, proceso de                           los Estados Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad
       licitación o en su caso justificación a la adjudicación, y evidencia de la realización de los servicios                        Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo
       contratados; como se detalla a continuación:                                                                                   tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28
                                                                                                                                      de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
       PÓLIZA DE DIARIO         PÓLIZA DE EGRESO                                                        BANCO                         Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
                                                                                                                                      de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                                                              FUENTE DE                                 No. DE CHEQUE O
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FINANCIAMIENTO FECHA INSTITUCIÓN TRANSFERENCIA IMPORTE
                                                                                                        BANCARIA

                                                              PARTICIPACIONES                Banco
                                                              (RAMO 28) -                  Mercantil
002214 30/12/2023  309,300.00 000767 30/12/2023  309,300.00    RECURSOS        30/12/2023  del Norte,   FACTURA 8E07     309,300.00
                                                                                            S.A., CTA.
                                                              FEDERALES                    1214038641

TOTAL              $309,300.00                   $309,300.00                                                             $309,300.00

                                                                                                                                                                                                                                               21
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