Page 8 - San Lucas Ojitlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; Periódico Oficial del                       El siguiente resultado AF-05 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            Gobierno del Estado del acuerdo por el cual se realiza la distribución de los recursos de los               transcribe a continuación:
                            Fondos de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y Aportaciones para el
                            Fortalecimiento de los Municipios del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2023;                       (…)                         CON OBSERVACIÓN
                            convenio de coordinación y concertación de acciones CGAJ-CV-086-2023 que se firma en
                            el marco del Programa para el Bienestar Integral de los Pueblos Indígenas (PROBIPI);                        “RESULTADO: AF-05
                            Convenio de Coordinación para la Concurrencia de recursos número
                            SF/SPIP/1071/231819/2023; Convenio para el otorgamiento del apoyo económico que se                          De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2111 MATERIAL PARA OFICINA, se constató que el H. Ayuntamiento
                            celebra con la Secretaria de las Culturas y Artes número SCA/UJ/1174/2023; Oficio MSLO-                     del Municipio de San Lucas Ojitlán, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca afectó al Presupuesto de Egresos en
                            232/580/2023 para solicitar formar parte del proyecto de la “Ruta de la Jarana”, de fecha 02                cantidad de $412,559.66 (Cuatrocientos doce mil quinientos cincuenta y nueve pesos 66/100 M.N.),
                            de octubre de 2023 y oficio MSLO-232/500/2024 de fecha 11 de julio de 2024, en el cual                      observándose la cantidad de $93,320.79 (Noventa y tres mil trescientos veinte pesos 79/100 M.N.),
                            manifestó lo que a la letra dice: “…respecto a la falta de publicación en el periódico Oficial              debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la
                            de Gobierno del Estado de Oaxaca, en su lugar se publicitó en la página web del Municipio                   documentación justificativa del gasto como es la requisición de los materiales de oficina, la
                            atendiendo a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley General de Contabilidad                               autorización correspondiente, la constancia de recepción y la evidencia del destino final de los
                            Gubernamental, en la siguiente dirección https://ojitlan,gob.mx/anual/html.”; además                        recursos, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03.
                            aclara las modificaciones, ampliaciones y reducciones realizadas al presupuesto de Egresos
                            Aprobado, así como los fondos de financiamiento; acreditando todas las observaciones                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 párrafo primero y 70 fracción I de la Ley
                            transcritas anteriormente.                                                                                  General de Contabilidad Gubernamental; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                                                                                                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

                                                                                                                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

                                                                                                                                        Pliego de Observaciones.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   2023-OA/CPM/061/2024-PO-02
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-03.                                                                         Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                                                                                                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $93,320.79 (Noventa y tres
                            El siguiente resultado AF-04 SIN OBSERVACIÓN, fue emitido en el informe preliminar de                       mil trescientos veinte pesos 79/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                            auditoría, mismo que se transcribe a continuación:
                                                                                                                                        (…)

                               (…)                SIN OBSERVACIÓN                                                                       La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                        antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                               “RESULTADO: AF-04

                               De la revisión a las sub-subcuentas 51111-1111 DIETAS DE PRESIDENTES, REGIDORES Y SÍNDICOS, 51111-1132   Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                               SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA y 51131-1323 AGUINALDO O GRATIFICACIÓN FIN DE AÑO; se verificó la        observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-SOL-
                               autorización de la partida en el Presupuesto de Egresos; además, se comprobó que el H. Ayuntamiento      03.
                               del Municipio de San Lucas Ojitlán, Distrito de Tuxtepec, Oaxaca realizó los registros presupuestales y
                               contables específicos, identificados y controlados, de las erogaciones y que se cuenta con la            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                               documentación comprobatoria y justificativa original que soporta los registros en apego a la             suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                               normatividad aplicable.”                                                                                 como solventado el resultado AF-05.

                               (…)

                            Debido a lo anterior, este resultado AF-04 permanece sin observaciones.

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