Page 15 - Heroica Ciudad de Tlaxiaco
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Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente INFORME FINAL DE AUDITORÍA
correspondiente; presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO acción:
DAM-FC-02-SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación del proceso de
contratación y justificación de la excepción a la licitación; por lo cual la documentación Pliego de observaciones:
presentada, resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de
$784,627.53 (Setecientos ochenta y cuatro mil seiscientos veintisiete pesos 23/100 M.N.). 2023-OA/CPM/101/2024-PO-07.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $323,883.01
28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y (Trescientos veintitrés mil ochocientos ochenta y tres pesos 01/100 M.N.), conforme a la observación
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero detallada en este resultado.”
del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. (…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-10.
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
El siguiente Resultado: AF-11 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se correspondiente, presentó información y documentación como se detalla en el ANEXO
transcribe a continuación: DAM-FC-03-SOL; sin embargo, no presentó la demás documentación del proceso de
contratación correspondiente y justificación de la excepción a la licitación, así como la
(…) evidencia de la recepción y destino de los materiales adquiridos; por lo cual la
documentación presentada, resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas
“RESULTADO: AF-11 CON OBSERVACIÓN en cantidad de $187,598.88 (Ciento ochenta y siete mil quinientos noventa y ocho pesos
88/100 M.N.).
De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2141 MATERIALES Y CONSUMIBLES PARA EQUIPOS Y BIENES
INFORMÁTICOS, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de Heroica Ciudad de Tlaxiaco, Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
Distrito de Tlaxiaco, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $323,883.01 de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
(Trescientos veintitrés mil ochocientos ochenta y tres pesos 01/100 M.N.); observando que los 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero
justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del
normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como,
la evidencia de la recepción y destino de los materiales adquiridos; lo anterior como se detalla en el Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
ANEXO DAM-FC-03. insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-11.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley El siguiente Resultado: AF-12 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de se transcribe a continuación:
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
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