Page 18 - Santa Maria Huatulco
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA Pliego de Observaciones. M.N.); observándose la cantidad de $4,949,999.90 (Cuatro millones novecientos cuarenta y nueve mil
novecientos noventa y nueve pesos 90/100 M.N.); debido a que los registros contables y presupuestarios
2023-OA/CPM/107/2024-PO-15 no se encuentran soportados con la documentación justificativa del gasto como lo es el procedimiento
de contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,993,582.36 (Un millón necesidad del servicio, la autorización para la contratación del servicio y la evidencia de los trabajos
novecientos noventa y tres mil quinientos ochenta y dos pesos 36/100 M.N.), conforme a la observación realizados (entregables). Además, no registró las transacciones en el momento de su realización; como
detallada en este resultado.” se detalla en el ANEXO DAM-FC-17.
(…) Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
anteriormente en cantidad de $1,993,582.36 (Un millón novecientos noventa y tres mil Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
quinientos ochenta y dos pesos 36/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-16-
SOL-16. Pliego de Observaciones.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General 2023-OA/CPM/107/2024-PO-16
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca la
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $4,949,999.90 (Cuatro
del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el millones novecientos cuarenta y nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 90/100 M.N.), conforme
Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto a la observación detallada en este resultado.”
y Responsabilidad Hacendaria.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes
concluyendo como no solventado el resultado AF-18. transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
El siguiente resultado AF-19 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
transcribe a continuación: documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
anteriormente en cantidad de $4,949,999.90 (Cuatro millones novecientos cuarenta y
(…) CON OBSERVACIÓN nueve mil novecientos noventa y nueve pesos 90/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO
DAM-FC-17-SOL-17.
“RESULTADO: AF-19
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 34, 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley
De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3364 OTROS SERVICIOS DE APOYO ADMINISTRATIVO NO DESCRITOS General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de
ANTERIORMENTE; se constató que la Entidad Fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad Oaxaca; 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
de $4,964,134.40 (Cuatro millones novecientos sesenta y cuatro mil ciento treinta y cuatro pesos 40/100 Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
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