Page 10 - Santa Maria Zacatepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  El siguiente resultado AF-07 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se                          Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
                            transcribe a continuación:                                                                                            de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
                                                                                                                                                  28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                     (…)                                                                                                          Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                                                                                                  del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
                                        “RESULTADO: AF-07 CON OBSERVACIÓN                                                                         Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
                                                                                                                                                  del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
                                        De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2161 MATERIAL, ARTÍCULOS Y ENSERES PARA EL ASEO, LIMPIEZA E       Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                                        HIGIENE; se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de          Responsabilidad Hacendaria.
                                        $232,237.00 (Doscientos treinta y dos mil doscientos treinta y siete pesos 00/100 M.N.), observando que
                                        los registros contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                        justificativa del gasto, relativa al procedimiento de contratación que garantice al municipio las         insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                                        mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás          concluyendo como no solventado el resultado AF-07.
                                        circunstancias que estime pertinentes; la requisición que especifique la necesidad de la adquisición,
                                        la autorización correspondiente, 3 referentes, la constancia de recepción, y la evidencia del destino     El siguiente resultado AF-08 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                                        final de los artículos, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04.                                            transcribe a continuación:

                                        Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de                   (…)
                                        Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                        primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios                  “RESULTADO: AF-08 CON OBSERVACIÓN
                                        y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de Ley de
                                        Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes                      De la revisión a la sub-subcuenta 51221-2211 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, SERVICIO DE COMEDOR Y VÍVERES;
                                        Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca                          se constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $716,998.00
                                        para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y                (Setecientos dieciséis mil novecientos noventa y ocho pesos 00/100 M.N.), observando que los registros
                                        Responsabilidad Hacendaria.                                                                                           contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del
                                                                                                                                                              gasto, relativa al procedimiento de contratación que garantice al municipio las mejores condiciones
                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                 disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias que
                                        acción:                                                                                                               estime pertinentes; la requisición que especifique la necesidad de la adquisición, la autorización
                                                                                                                                                              correspondiente, 3 referentes, la constancia de recepción, y la evidencia del destino final de los
                                        Pliego de Observaciones.                                                                                              productos. Además, no acreditó un pago debido a que no presentó el estado de cuenta bancario
                                                                                                                                                              número 18000215749 de la institución BANCO SANTANDER MÉXICO S.A., como se detalla en el ANEXO
                                        2023-OA/CPM/119/2024-PO-05                                                                                            DAM-FC-05.

                                        Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $232,237.00 (Doscientos                    Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
                                        treinta y dos mil doscientos treinta y siete pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas              primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios
                                        en este resultado. “                                                                                                  y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 25 del Reglamento de Ley de
                                                                                                                                                              Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                                     (…)                                                                                                                      Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
                                                                                                                                                              para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                                       Responsabilidad Hacendaria.
                            transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                                                                                                                                              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la                                                   acción:
                            documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
                            anteriormente en cantidad de $232,237.00 (Doscientos treinta y dos mil doscientos treinta
                            y siete pesos 00/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04-SOL-04.

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