Page 13 - Santiago Choápam
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Para constatar que los Programas Presupuestarios ejecutados por la Entidad Fiscalizable se se incluyeron las observaciones en el presupuesto de Egresos 2024…”. Sin embargo, no INFORME FINAL DE AUDITORÍA
elaboraron de conformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de presentó evidencia que acredite haber autorizado los Programas Presupuestarios “Vivienda
Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de y Servicios Básicos” y “Seguridad Ciudadana” en el Presupuesto de Egresos, ni haber
Armonización Contable (CONAC), se revisó y analizó el diseño de los Programas Presupuestarios elaborado ni autorizado el Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores
concluyendo lo siguiente: para Resultado (MIR), para cada uno de ellos. Derivado de lo anterior, no acreditó haber
implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023,
Se observó que la Entidad Fiscalizable no autorizó los Programas Presupuestarios “Vivienda y en consecuencia, no ejerció a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de
Servicios Básicos” y “Seguridad Ciudadana” en el Presupuesto de Egresos presentado para el Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca.
ejercicio fiscal 2023, y, por consiguiente, se observó que la Entidad Fiscalizable no elaboró ni autorizó
el Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores para Resultado (MIR), para cada Incumpliendo con lo establecido en los artículos 126 de la Constitución Política de los
uno de ellos. Derivado de lo anterior, no acreditó haber implementado el diseño de la Metodología Estados Unidos Mexicanos; 61 párrafo primero fracción II inciso b) de la Ley General de
del Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023. Contabilidad Gubernamental; 137 párrafo primero de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Oaxaca; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 126 de la Constitución Política de los Estados Unidos Entidades Federativas y los Municipios; Lineamientos para la Construcción y Diseño de
Mexicanos; 61 párrafo primero fracción II inciso b) de la Ley General de Contabilidad Indicadores de Desempeño mediante la Metodología del Marco Lógico (MML).
Gubernamental; 137 párrafo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de
Oaxaca; 18 párrafo primero de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
Municipios; Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño mediante la insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
Metodología del Marco Lógico (MML). concluyendo como no solventado el resultado AD-05.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve: El siguiente resultado AD-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:
Solicitud de Aclaración:
(…)
2023-OA/CPM/122/2024-SA-05
“RESULTADO: AD-06 CON OBSERVACIÓN
Se requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones que se detallan en CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS Y METAS DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO
este resultado.”
De la revisión y análisis realizados al Presupuesto de Egresos aprobado y a la Cuenta Pública
(…) Municipal del ejercicio fiscal 2023, presentados por la Entidad Fiscalizable, con la finalidad de verificar
el Cumplimiento de los objetivos y metas de los indicadores establecidos para los Programas
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos” y “Seguridad Ciudadana”, se concluye lo siguiente:
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
La Entidad Fiscalizable, en la Cuenta Pública Municipal, reportó la ejecución de los Programas
Respecto a la observación que no autorizó los Programas Presupuestarios “Vivienda y Presupuestarios “Vivienda y Servicios Básicos” a través cinco actividades con sus respectivas metas;
Servicios Básicos” y “Seguridad Ciudadana” en el Presupuesto de Egresos presentado para y “Seguridad Ciudadana” a través una actividad con sus respectivas metas. Sin embargo, al no
el ejercicio fiscal 2023, y, por consiguiente, también se observó que la Entidad Fiscalizable no haber autorizado ni presentado la Matriz de Indicadores para Resultados (MIR), las metas reportadas
elaboró ni autorizó el Árbol de Problemas, Árbol de Objetivos y Matriz de Indicadores para no son susceptibles de comparación ni comprobación, motivo por el cual no se puede determinar
Resultado (MIR), para cada uno de ellos. Derivado de lo anterior, no acreditó haber que los Programas Presupuestarios se hayan realizado y ejecutado bajo los principios
implementado el diseño de la Metodología del Marco Lógico (MML) en el ejercicio fiscal 2023, constitucionales de austeridad, planeación, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez,
presentó el oficio de presentación de información y documentación número MSC-0278- con la finalidad de apoyar el cumplimiento de los programas, proyectos y acciones, tal como se
2024, de fecha 18 de septiembre de 2024, en el cual manifestó lo que a la letra dice: “…como detalla en la Tabla 2.
no hubo entrega recepción, se desconocía la problemática y los antecedentes, este año ya
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