Page 8 - Santiago Matatlán
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA A CORTO PLAZO, refleja saldos finales al 31 de diciembre del 2023, en cantidad de $57,931.71 (Cincuenta Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
y siete mil novecientos treinta y un pesos 71/100 M.N.), que no han sido amortizados; como se detalla insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
a continuación: concluyendo como no solventado el Resultado: AF-03.
CTA DESCRIPCIÓN SALDOS MOVIMIENTOS SALDOS
DEUDOR ACREEDOR DEUDOR ACREEDOR
21123-02 APORTACIONES CARGOS ABONOS
(RAMO 33 FONDO III) $ - $57,931.71
21123-02- RECURSOS FEDERALES $- $ - $1,215,480.36 $1,273,412.07 El siguiente Resultado: AF-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
25 se transcribe a continuación:
GRUPO CONSTRUCTOR
21123-02- RODSPYC S.A DE C.V. - - $1,215,082.36 1,273,014.07 - $57,931.71
25-
- - $1,180,702.49 1,238,634.20 - $57,931.71 (…)
20000390
“RESULTADO: AF-04
CON OBSERVACIÓN
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de De la revisión al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2023, se constató que dicho documento
Contabilidad Gubernamental; y 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y fue autorizado según Acta de Sesión Extraordinaria de Cabildo de fecha 01 de enero de 2023, por el
los Municipios. importe total de $45,402,431.71 (Cuarenta y cinco millones cuatrocientos dos mil cuatrocientos
treinta y un pesos 71/100 M.N.), y del análisis efectuado al Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente de Egresos Clasificación por Objeto del Gasto (Capitulo y Concepto) del 01 de enero al 31 de diciembre
acción: del 2023, integrado en la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023, se detectó que la
Entidad Fiscalizable reflejó un presupuesto modificado por el importe total de $55,695,236.35
Solicitud de aclaración: (Cincuenta y cinco millones seiscientos noventa y cinco mil doscientos treinta y seis pesos 35/100
M.N.), por lo que la variación entre el Presupuesto de Egresos Modificado en relación con el Presupuesto
2023-OA/CPM/129/2024-SA-02. de Egresos Aprobado es de $10,292,804.64 (Diez millones doscientos noventa y dos mil ochocientos
cuatro pesos 64/100 M.N.), constatando que presentó actas de cabildo donde autorizan las
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado; sin embargo, las partidas de gasto modificadas
documentación que compruebe, justifique o aclare las acciones realizadas, conforme a la observación no cumplen con las formalidades requeridas para su presentación, en razón a que no se identificó
detallada en este resultado.” evidencia de que dichas modificaciones fueran presentadas al Congreso del Estado a través de la
Auditoria Superior de Fiscalización del Estado y fueran publicadas en el Periódico Oficial del Gobierno
(…) del Estado o en la Gaceta Municipal.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes Incumpliendo con lo establecido en los artículos 8 párrafos primero y segundo de la Ley de Disciplina
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios; 128 último párrafo y 129 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca.
Respecto a los saldos finales al 31 de diciembre del 2023, en la cuenta 21123 PROVEEDORES POR Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS POR PAGAR A CORTO PLAZO, que no han sido amortizados, acción:
presentó oficio de aclaración sin número; estado de cuenta y auxiliares por cuenta; sin
embargo, no presentó el comprobante fiscal digital por internet; por lo cual la Solicitud de aclaración:
documentación presentada resulta insuficiente para solventar la observación emitida.
2023-OA/CPM/129/2024-SA-03.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
de Contabilidad Gubernamental; y 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades documentación que compruebe, justifique o aclare las acciones realizadas, conforme a la observación
Federativas y los Municipios. detallada en este resultado.”
(…)
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