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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 Dependencias y Entidades serán los responsables de la elaboración y ejecución de sus respectivos programas anuales de
adquisiciones y los deberán poner a disposición de la Secretaría en la fecha que ésta señale”.
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 4 párrafos tercero y cuarto. “El ejercicio del presupuesto, resguardo y custodia de la documentación justificativa
y comprobatoria es responsabilidad de los Ejecutores de gasto.
Los Ejecutores de gasto están obligados a rendir cuentas por la administración y ejercicio de los recursos públicos en los
términos de la presente Ley y demás disposiciones aplicables”.
Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca
Artículo 9. “Para efectos de lo dispuesto en los artículos 12, 18 y 19 de la Ley, las Dependencias y Entidades deberán
formular un programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de conformidad con los presupuestos
autorizados respectivos. La planeación e integración de dicho programa y, en su caso, su presentación ante los titulares
de las Dependencias y Entidades para su aprobación, será responsabilidad de las áreas administrativas o sus equivalentes,
a partir de la información que les proporcionen las áreas requirentes, y deberá contener, como mínimo, la descripción y
monto de los bienes, arrendamientos y servicios que representen por lo menos el ochenta por ciento del presupuesto total
estimado, así como el monto aproximado de los bienes, arrendamientos y servicios que integran el porcentaje
restante”.
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
Artículo 186 párrafo primero. “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
comprobatoria y justificativa”.
Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
hacienda pública”.
Lineamientos Generales de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Universidad Autónoma Comunal de
Oaxaca
Artículo 4.- “Todas las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios que se contraten por la UACO, deberán estar reguladas
por estos lineamientos, acuerdos que emanen del Comité y de manera supletoria por la Ley de Adquisiciones.
Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento”.
Artículo 5. “La Universidad deberá efectuar la planeación de sus requerimientos de adquisiciones, arrendamientos y
servicios, de conformidad con sus necesidades y acorde a su programa de operación anual. Dicha planeación deberá
ajustarse a los fines, objetivos y actividades sustantivas de la universidad.”
Artículo 7.- “La Coordinación financiera formulará el programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios, así
como su respectivo presupuesto, considerado:
I. Las políticas en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y los correspondientes procesos de
adjudicación.
II. Los objetivos y metas en corto, mediano y largo plazo;
III. La existencia en cantidad suficiente en los bienes; los plazos estimados de suministro; los avances tecnológicos
incorporados en los bienes, y en su caso los planos, proyectos y especificaciones;
IV. La Calendarización física y financiera de los recursos necesarios para las adquisiciones, arrendamientos y servicios
incluidos los de conservación y mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes inmuebles existentes.
V. Las demás previsiones que deban tomarse en cuenta según la naturaleza y característica de las adquisiciones,
arrendamientos y servicios.
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