Page 26 - 004 Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca
P. 26
INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 acuerdos, anexos que se suscriban con instancias federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o
subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de mantenimiento de
transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública,
proyectos productivos y de fomento, entre otros”.
Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de
administración de la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y
justificativos que autentifiquen las operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la
hacienda pública”.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la Universidad
Autónoma Comunal de Oaxaca, justificara, aclarara o reintegrara el importe de $141,881.18 (Ciento cuarenta
y un mil ochocientos ochenta y un pesos 18/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este
Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización
Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre
las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.
Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/2347/2023, se notificó el día 27 de septiembre de 2023, los
Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días
hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
La Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número UACO/REC/020/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 19 de octubre de 2023, presentó diversa información y documentación, sin embargo, respecto a este
resultado en particular, la Entidad Fiscalizable no presentó ningún tipo de documentos, argumentos o
información; de lo anterior, está Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que
subsiste la observación. Por lo que se emite:
Pliego de Observaciones
2022-OA/IACPE/04/2023-PO-02
Se le requiere a la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de
Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, aclare o reintegre el importe de
$141,881.18 (Ciento cuarenta y un mil ochocientos ochenta y un pesos 18/100 M.N.), relativo a lo siguiente:
En la partida “Servicios Legales, de Contabilidad, Auditoría y Relacionados”, ejercida con recursos
provenientes de la fuente de financiamiento AEAAA0422 Asignación Ordinaria de Operación, por un importe
total de $143,426.71 (Ciento cuarenta y tres mil cuatrocientos veintiséis pesos 71/100 M.N.), se constató que se
realizaron pagos a 2 (dos) personas físicas, por concepto de Servicios Administrativos y Servicios de
Administración de redes sociales y sitio Web oficial, correspondientes a los meses de septiembre, octubre,
noviembre y diciembre del ejercicio en revisión, por un importe total de $141,881.18 (Ciento cuarenta y un mil
ochocientos ochenta y un pesos 18/100 M.N.), observándose que no presentó el procedimiento de
contratación, los contratos de prestación de servicios, y la documentación justificativa que acredite que se
llevaron a cabo los servicios, como se detalla en el Anexo DAE-AF-02-SEG-02.
24