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INFORME INDIVIDUAL AVANCE DE LA CUENTA PÚBLICA CUARTO TRIMESTRE 2022 AEAAA1022 Anexo 8 Asignaciones Presupuestarias, se constató que se llevó a cabo la contratación de
capacitaciones de talleres de música, serigrafía y danza, por un importe de $110,200.00 (Ciento diez mil
doscientos pesos 00/100 M.N.), bajo la modalidad de Adjudicación Directa, observando inconsistencias, toda
vez que la prestación del servicio de capacitación fue anterior a la fecha de autorización de la adjudicación, como
se detalla en el cuadro siguiente:
Lista de asistencia a los Talleres Acuerdo del Comité de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios de la
No. Descripción Taller Contrato
Universidad Autónoma Comunal de
Inicio Término Oaxaca C002-324-UACO-
08122022-IP de
Taller de música 05 de noviembre 08 de enero Acta de la Décima sexta sesión fecha 08 de
de 2022 de 2023 extraordinaria 2022 de fecha 06 de
diciembre de 2022,
Capacitaciones de Taller de 29 de octubre de 04 de diciembre de 2022 por un importe de
1 talleres de música, serigrafía 2002 diciembre de Acuerdo $110,200.00.
serigrafía y danza. 2023 COMITEAAS/UACO/DECIMASEXTA-
03 de EXT/2022/02
Taller de danza 11 de noviembre febrero de
de 2022 2023
FUENTE: Documentación presentada por la Entidad Fiscalizable.
Así mismo, la cuenta por liquidar certificada (CLC) presentada con número de folio 669, no se encuentra
debidamente autorizada por el Coordinador Financiero y el Rector, toda vez que no cuenta con firma y sello;
aunado a lo anterior, se observó que el expediente de la contratación del servicio no se encuentra debidamente
integrado con la totalidad de la documentación justificativa correspondiente, como se detalla en el Anexo DAE-
AF-05.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 5, 7 y 53 fracciones I, II, III, IV, V, VIII y IX de la Ley de Adquisiciones,
Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
del Estado de Oaxaca; 4 párrafos tercero y cuarto de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; 20, 21 y 50 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 55 fracción
I, 58 último párrafo, 186 párrafos primero, segundo y tercero, y 199 párrafo primero del Reglamento de la Ley
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 11 fracción IV, 12 fracción V, 14 párrafo tercero, 16 y 39
fracciones II, III, V, VI, VII, IX, X, XII, XIII y XV de los Lineamientos Generales de Adquisiciones, Arrendamientos
y Servicios de la Universidad Autónoma Comunal de Oaxaca; Cláusula 1 numeral 1.3 párrafo segundo del
Contrato C002-324-UACO-08122022-IP de fecha ocho de diciembre del año dos mil veintidós, que a la letra
dicen:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con
la documentación original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.
Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los
documentos, comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los
lineamientos que para tal efecto establezca el consejo”.
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