Page 11 - San Sebastian Ixcapa
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Artículo 37: “Para el registro de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos deberán ajustarse a sus respectivos
catálogos de cuentas, cuyas listas de cuentas estarán alineadas, tanto conceptualmente como en sus principales agregados, al plan de
cuentas que emita el consejo. Para tal propósito, se tomarán en consideración las necesidades de administración financiera de los entes
públicos, así como las de control y fiscalización.”
Artículo 41: “Para el registro único de las operaciones presupuestarias y contables, los entes públicos dispondrán de clasificadores
presupuestarios, listas de cuentas y catálogos de bienes o instrumentos similares que permitan su interrelación automática.”
Artículo 70 fracción III: “Realizar en términos de la normativa que emita el consejo, el registro contable, presupuestario y patrimonial de
las operaciones realizadas con los recursos federales conforme a los momentos contables y clasificaciones de programas y fuentes de
financiamiento” INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Articulo 95 fracciones II Bis y III: “Llevar a cabo el registro contable de los ingresos provenientes de las participaciones y aportaciones
que se hayan transferido al Municipio” y; III Realizar los registros de todas las operaciones presupuestarias, contables, financieras
y administrativas de los ingresos, egresos, activos, pasivos, patrimoniales y demás eventos económicos que afectan la hacienda pública,
debiendo ajustarse a su catálogo de cuentas, el que deberá de estar alineado”.
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, justificar
o aclarar conforme a la observación que se detalla en este Resultado y presentara dentro del plazo
establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de
Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las acciones
realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/310/2023, notificado el 06 de septiembre de 2023,
se dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares,
a efecto de que, en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones
correspondientes.
El Municipio San Sebastián Ixcapa, Distrito de Jamiltepec, Oaxaca, en el proceso de
justificaciones y aclaraciones, mediante oficio original número 281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29
de septiembre de 2023, suscrito por el C. Ricardo Estévez Merino Presidente Municipal, dirigido a
la Titular de la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, como consta en el acta
circunstanciada de fecha dos de octubre de 2023, presentó la siguiente información:
Respecto al inciso A)
Mediante oficio número 281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29 de septiembre del 2023, argumentó
lo que a la letra dice “Referente al Punto A. efectivamente el Municipio de San Sebastián Ixcapa,
recibió el recurso por parte de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Oaxaca, a través
de la Cuenta Bancaria Número 0118586160 y clabe Interbancaria 012623001185861606 el día 24
de noviembre del 2022, según estado de cuenta bancaría anexa, se hace mención que los tramites
fueron realizados a finales de la transición del gobierno del estado en noviembre de 2022, y la
documentación original se entregó a SEFIN el 18 de noviembre de 2022, según acuse anexo, en la cual
nos informaron que debido al tema de la entrega recepción del Gobierno Estatal el titular estaba en
múltiples actividades, por lo cual se firmó el convenio y después a través de la misma dependencia
nos entregaría un copia firmadas por todos los involucrados. Situación por la cual no contamos con el
convenio firmado y sellado por los titulares de la dependencia en su momento”, anexa oficio número
119 de fecha 07 de noviembre del 2022, suscrito por el presidente municipal con firma y sello del
mismo, dirigido al Secretario de Finanzas del Estado de Oaxaca, mediante el cual, le solicita apoyo
extraordinario para el saneamiento financiero; además presentó acta de sesión extraordinaria de
cabildo de fecha 04 de noviembre del 2022 para la aprobación del convenio de apoyo extraordinario
para el saneamiento financiero con el gobierno del estado a través de la secretaría de finanzas del
poder ejecutivo del estado; Constancia de mayoría y validez; Acta de sesión solemne de instalación
de cabildo para la toma de protesta del primer concejal y los concejales que integrarán el Honorable
Ayuntamiento; acreditación del presidente municipal, sindica municipal y tesorero municipal y;
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