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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
carátula de activación de contrato de servicios bancarios; estado de cuenta correspondiente al
mes de noviembre del 2022; y convenio para el otorgamiento de apoyos extraordinarios para el
saneamiento financiero. Por lo que atendió este punto.
Respecto al inciso B).
No registró el importe de $43.16 (Cuarenta y tres pesos 16/100 M.N.). Mediante oficio número
281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29 de septiembre del 2023, argumentó lo que a la letra dice “Las
diferencias detectadas entre los registros contables y lo ministrado por la Secretaria de Finanzas se
aclara que a través de la constancia de liquidación de participaciones y aportaciones expedida por
el coordinador de control financiero de la secretaria de finanzas que el monto de $43.16 (Cuarenta y
tres pesos 16/100 M.N.), corresponde según constancia mencionada el concepto de productos
financieros del FISMDF, dicho monto fue transferido a la cuenta número 0118089744 clabe interbancaria
012623001180897442, del banco BBVA México S.A. el día 04 de noviembre de 2022, según copia
del estado de cuenta anexa. Y los registros contables se registró a la cuenta presupuestal 5106001
Productos Financieros del Fondo III cheques, según póliza de ingresos número 000142, fecha 04/
nov/2022, evento 2347.”, presentó póliza de ingreso número 000142 de fecha 04 de noviembre del
2022, y póliza de diario número 001731 de fecha 04 de noviembre del 2022 que refleja el traspaso
del recurso por concepto de recursos financieros de la cuenta de caja a la cuenta de bancos por
el importe de $43.16 (Cuarenta y tres pesos 16/100 M.N.); anexa estado de cuenta número
0118089744 correspondiente al mes de noviembre del 2022. Por lo que atendió este punto.
No registró el importe de $530.93 (Quinientos treinta pesos 93/100 M.N.). Mediante oficio
número 281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29 de septiembre del 2023, argumentó lo que a la letra
dice “ De la misma manera, el monto de $530.93 (Quinientos treinta pesos 93/100 M.N.) corresponde
basado en la constancia mencionada el concepto de productos financieros del FORTAMUN, el cual fue
transferido a la cuenta número 0118090181 clabe interbancaria 012623001180901817. Del Banco BBVA
México S.A. el día 04 de noviembre de 2022, según copia del estado de cuenta anexa. Y los registros
contables se realizaron a la cuenta presupuestal 5107001 Productos financieros del Fondo IV Cheques,
según póliza de ingresos número 000162, fecha 21/Dic/2022, evento 2511”, presentó póliza de ingresos
número 000162 de fecha 21 de diciembre del 2022 y póliza de diario número 001849 de fecha 21
de diciembre del 2022 que refleja el traspaso del recurso por concepto de productos financieros
del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN) de la cuenta de caja a la cuenta de bancos por el
importe de $530.93 (Quinientos treinta pesos 93/100 M.N.); anexando estado de cuenta número
0118090181 correspondiente al mes de noviembre del 2022, el cual acredita su dicho. Por lo que
atendió este punto.
Por lo anterior, y una vez analizada la documentación presentada, se determina que la entidad
fiscalizable, atendió la observación, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SEG-01.
RESULTADO: AF-05 CON OBSERVACIÓN
De la revisión a la documentación presentada por el ente fiscalizado, relativa a los registros
contables y presupuestarios de los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a Entidades
Federativas y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y del
Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó
que los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) expedidos a favor del Gobierno del
Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir
de la recepción de las participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
Artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en un plazo
máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos federales aprobados
en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.
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