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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
               carátula  de  activación  de  contrato de  servicios bancarios;  estado  de  cuenta correspondiente al
               mes de noviembre del  2022; y  convenio para  el otorgamiento de  apoyos extraordinarios  para  el
               saneamiento financiero. Por lo que atendió este punto.

               Respecto al inciso B).
               No registró el importe de $43.16 (Cuarenta y tres pesos 16/100 M.N.). Mediante oficio número
               281/MSSI/SEP/2023 de fecha 29 de septiembre del 2023, argumentó lo que a la letra dice “Las
               diferencias  detectadas  entre  los  registros  contables  y  lo  ministrado  por  la  Secretaria  de  Finanzas  se
               aclara que a través de la constancia de liquidación de participaciones y aportaciones expedida por
               el coordinador de control financiero de la secretaria de finanzas que el monto de $43.16 (Cuarenta y
               tres  pesos  16/100  M.N.),  corresponde  según  constancia  mencionada  el  concepto  de  productos
               financieros del FISMDF, dicho monto fue transferido a la cuenta número 0118089744 clabe interbancaria
               012623001180897442, del banco BBVA México S.A. el día 04 de noviembre de 2022, según copia
               del estado de cuenta anexa. Y los registros contables se registró a la cuenta presupuestal 5106001
               Productos Financieros del Fondo III cheques, según póliza de ingresos número 000142, fecha 04/
               nov/2022, evento 2347.”, presentó póliza de ingreso número 000142 de fecha 04 de noviembre del
               2022,  y póliza de diario número 001731 de fecha 04 de noviembre del 2022 que refleja el traspaso
               del recurso por concepto de recursos financieros de la cuenta de caja a la cuenta de bancos por
               el importe  de $43.16  (Cuarenta y tres pesos 16/100 M.N.);  anexa  estado de cuenta  número
               0118089744 correspondiente al mes de noviembre del 2022. Por lo que atendió este punto.
               No  registró  el importe de $530.93  (Quinientos treinta  pesos  93/100  M.N.).  Mediante oficio
               número  281/MSSI/SEP/2023  de fecha 29  de  septiembre del  2023,  argumentó lo  que a  la  letra
               dice “ De la misma manera, el monto de $530.93 (Quinientos treinta pesos 93/100 M.N.) corresponde
               basado en la constancia mencionada el concepto de productos financieros del FORTAMUN, el cual fue
               transferido a la cuenta número 0118090181 clabe interbancaria 012623001180901817. Del Banco BBVA
               México S.A. el día 04 de noviembre de 2022, según copia del estado de cuenta anexa. Y los registros
               contables se realizaron a la cuenta presupuestal 5107001 Productos financieros del Fondo IV Cheques,
               según póliza de ingresos número 000162, fecha 21/Dic/2022, evento 2511”, presentó póliza de ingresos
               número 000162 de fecha 21 de diciembre del 2022 y póliza de diario número 001849 de fecha 21
               de diciembre del 2022 que refleja el traspaso del recurso por concepto de productos financieros
               del  Fondo  de  Aportaciones para  el  Fortalecimiento  de  los  Municipios y  de  las  Demarcaciones
               Territoriales del  Distrito Federal  (FORTAMUN) de  la  cuenta de  caja  a  la  cuenta de  bancos  por  el
               importe de $530.93 (Quinientos treinta pesos 93/100 M.N.); anexando estado de cuenta número
               0118090181 correspondiente al mes de noviembre del 2022, el cual acredita su dicho. Por lo que
               atendió este punto.
               Por  lo  anterior, y  una  vez  analizada  la  documentación presentada, se determina que  la  entidad
               fiscalizable, atendió la observación, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SEG-01.

               RESULTADO: AF-05                CON OBSERVACIÓN
               De la revisión a la documentación  presentada por el ente  fiscalizado, relativa a los registros
               contables y presupuestarios de los ingresos del Ramo General 28, Participaciones a Entidades
               Federativas y Municipios, del Ramo 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura
               Social  Municipal y de las Demarcaciones Territoriales  del Distrito  Federal  (FISM-DF)  y  del
               Ramo 33 Fondo IV, Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
               Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), respectivamente; se observó
               que  los  Comprobantes  Fiscales Digitales  por  Internet  (CFDI) expedidos  a  favor  del  Gobierno  del
               Estado de Oaxaca, fueron expedidos fuera del plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir
               de la recepción de las participaciones y aportaciones; cómo se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.

                   Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
                   Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca
                   Artículo 95 fracción II párrafo segundo: “Expedir el comprobante fiscal digital a favor del Gobierno del Estado de Oaxaca en un plazo
                   máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de las participaciones, aportaciones y demás recursos federales aprobados
                   en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación a favor del Municipio”.
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