Page 15 - 01 Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

Párrafo tercero: “Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban con instancias            INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
federales, estatales o municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos, solicitudes,
requisiciones, bitácoras de mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios relacionados
con la obra pública, proyectos productivos y de fomento, entre otros…”.

Artículo 191 párrafo primero “Las erogaciones que se realicen en el capítulo de servicios generales deberán contar con solicitudes o
requisiciones, cotizaciones, órdenes de compra, bitácoras de mantenimiento de vehículos, equipo y maquinaria, entre otros.”.

Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2022.

Artículo 98: “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos siguientes:

            A través de sus unidades de Administración                         Rangos (Pesos)

                                                                               Mínimo        Máximo

a) Compra directa menor                                                        0.01          30,000.00

Con la autorización de los Sub-Comités de Adquisiciones,

Arrendamientos y Servicios de las Entidades y Dependencias                                 

Estatales.

a) Adjudicación directa, obteniendo como mínimo tres cotizaciones de           30,000.01     60,000.00
proveedores que se encuentren inscritos y vigentes en el Padrón de
Proveedores de la Administración Pública Estatal; con las cotizaciones
obtenidas se deberá elaborar un cuadro comparativo que permita hacer
un análisis de acuerdo con los criterios establecidos en el artículo 11 de
la Ley de Adquisiciones. El cuadro comparativo deberá contar con sello
y firma del titular de la Unidad de administración para su validez.

b) Invitación restringida                                                      60,000.01     320,000.00

Con autorización del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,                               
Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.

a) Invitación Abierta Estatal                                                  320,000.01 2,900,000.00

b) Licitación Pública Estatal                                                  2,900,000.01 40,000,000.00

c) Licitación Pública Nacional o Internacional                              40,000,000.01 En adelante

Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado. Los montos mínimos y máximos
establecidos en el presente artículo, no serán aplicables para las adquisiciones, arrendamientos y servicios que se realicen de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca.”.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la

Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes Secretaría de Desarrollo
Agropecuario, Pesca y Acuacultura, justificar o aclarar, el importe de $2,928,000.00 (Dos
millones novecientos veintiocho mil pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones que
se detallan en este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo

párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda

la información y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la

observación determinada.

Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1757/2023, se notificó el día 05 de septiembre de
2023, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable
en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

La Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural, antes Secretaría de Desarrollo
Agropecuario, Pesca y Acuacultura, en el proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio
número SEFADER/D.A./0855/2023 de fecha 19 de septiembre de 2023, como consta en el acta
circunstanciada de fecha 20 de septiembre de dos mil veintitrés, presentó la siguiente información
y/o documentación:

  •	 Documento de atención al resultado en cual manifiesta los siguiente: “…Con fecha 27 de enero
      de 2023, fue la entrega recepción del departamento de Recursos Financieros y Contabilidad
      de la Secretaria, en lo que corresponde al contrato de prestación de servicios con la empresa

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