Page 22 - 01 Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022   NUMERO DE CONTRATO  LOCALIDAD DONDE SE REALIZÓ EL SERVICIO                                                 PROVEEDOR
                                                ASOROP-008-S-0-21
                                                                     SAN PEDRO AMUZGOS                       LOGISTICA Y SUMINISTRO DE PERSONAL ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V.
                                                ASOROP-009-S-0-21
                                                                     SANTA MARIA CORTIJO                     LOGISTICA Y SUMINISTRO DE PERSONAL ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V.
                                                ASOROP-010-S-0-21
                                                ASOROP-011-S-0-21    RIO GRANDE                              LOGISTICA Y SUMINISTRO DE PERSONAL ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V.
                                                FGPAOO-001-S-0-21
                                                FGPAOO-002-S-0-21    SAN PEDRO JUCHATENGO                    LOGISTICA Y SUMINISTRO DE PERSONAL ESPECIALIZADO, S.A. DE C.V.
                                                FGPAOO-003-S-0-21
                                                                     EL MORRO                                SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                                     SANTA MARIA JALAPA                      SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                                     CUAUHTEMOC                              SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                                     SAN FELIPE JALAPA DE DIAZ               SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                                     SANTA FE Y LA MAR                       SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                                     REYES MANTECON                          SERVICIOS EMPRESARIALES TORRE AZUL S.A. DE C.V.

                                                    FUENTE: Documentación presentada por el Entidad Fiscalizable correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

                                                Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
                                                observación. Por lo que se emiten:

                                                Pliego de Observaciones

                                                2022-OA/CPE/01/2023-PO-04

                                                Se le requiere a la Secretaría de Fomento Agroalimentario y Desarrollo Rural antes Secretaría
                                                de Desarrollo Agropecuario, Pesca y Acuacultura, presente ante esta Auditoría Superior de
                                                Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, compruebe, aclare o en
                                                su caso reintegre el importe de $1´567,300.00 (Un millón quinientos sesenta y siete mil
                                                trescientos pesos 00/100 M.N.), de la partida Servicios Profesionales, Científicos y Técnicos
                                                Integrales referente a la documentación justificativa toda vez que no presentaron solicitud o
                                                requisición del área requirente y resultado final del destino de los recursos, además se fraccionó
                                                el recurso por falta del procedimiento de contratación de los contratos enlistados en el anexo del
                                                Informe de Resultados Finales y Observaciones Preliminares.

                                                Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículo
                                                42, 43; Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                                Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, artículo 28 párrafos
                                                primero fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII segundo, tercero y cuarto, 45; Reglamento de la Ley de
                                                Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                                                Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, 19 fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, artículo
                                                20, 21 fracciones I, II, artículo 22 fracciones I, II, III, 23 fracciones I, II, III, IV, V, VI, 24; Ley Estatal
                                                de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 4 párrafo tercero; Reglamento de la
                                                Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículos 102 párrafo segundo, 186
                                                párrafos primero, segundo, tercero, 191 párrafo primero; Presupuesto de Egresos del Estado de
                                                Oaxaca para el ejercicio fiscal 2022, artículo 98, que a la letra dicen:

                                                        Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                                                        Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                                                        compruebe y justifique los registros que se efectúen…”.
                                                        Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                        comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                        establezca el consejo.”.

                                                        Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
                                                        Estado de Oaxaca.

                                                        Artículo 28 párrafo primero: “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
                                                        de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las
                                                        siguientes modalidades:”.

                                                        Fracción I.: “Compra directa menor”;
                                                        Fracción II.: “Adjudicación directa”;
                                                        Fracción III.: “Invitación restringida”;

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