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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca. INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Artículo 28: párrafo primero El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las
siguientes modalidades:” fracciones I. “Compra directa menor; II. Adjudicación directa; III. Invitación restringida; IV. Invitación abierta
estatal; V. Licitación pública estatal; VI. Licitación pública nacional, y VII. Licitación pública internacional”, párrafo segundo: “Los montos
de los rangos para cada modalidad serán determinados en el Presupuesto de Egresos del Estado”, párrafo ultimo: “Toda solicitud de los
procedimientos referidos en el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual
será indelegable.”
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.
Artículo 98: “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”
RESULTADO: AF-06 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a la información proporcionada por la Secretaría de Finanzas del Poder Ejecutivo
del Estado de Oaxaca, se constató que ministró al Ayuntamiento del Municipio de San Juan
Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, recursos relativos al Ramo General 28 Participaciones
a Entidades Federativas y Municipios incluyendo los ajustes, el importe de $37,922,106.00
(Treinta y siete millones novecientos veintidós mil ciento seis pesos 00/100 M.N.), del
Ramo General 33 Fondo III, Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y
de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM-DF) y Ramo General 33 Fondo
IV Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), los importes de $59,915,934.29 (Cincuenta
y nueve millones novecientos quince mil novecientos treinta y cuatro pesos 29/100 M.N.) y
$22,411,536.37 (Veintidós millones cuatrocientos once mil quinientos treinta y seis pesos
37/100 M.N.), respectivamente; los cuales fueron registrados en el Sistema de Contabilidad que
manejó el Municipio en el ejercicio fiscal 2022, y se encuentran soportados con la documentación
comprobatoria relativa a los comprobantes Fiscales Digitales por Internet, identificando que
los recursos ministrados fueron depositados en las cuentas bancarias productivas especificas
aperturadas para el ejercicio fiscal 2022.
RESULTADO: AF-07 SIN OBSERVACIÓN
El ente fiscalizado registró en el sistema de contabilidad que manejó en el ejercicio fiscal 2022,
ingresos por convenios, los cuales se detallan a continuación:
a) De Pavimentación de Caminos a Cabeceras Municipales Indígenas por la cantidad de
$4,900,000.00 (Cuatro millones novecientos mil de pesos 00/100 M.N.), recurso que
le fue ministrado por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes Centro SCT Oaxaca,
pavimentación de caminos a la Cabecera Municipal del Municipio de: SAN JUAN GUICHICOVI,
Camino San JUAN MAZATLÁN-SAN JUAN GUICHICOVI, DEL KM 0+000 AL KM 63+000,
Tramo a ejecutar: DEL KM 63+000 AL KM 62+000, mismos que fueron depositados en una
cuenta bancaria productiva específica número 25604482616, aperturada ante la institución
bancaria Scotiabank Inverlat, S.A. para tal fin, constatándose que los registros contables y
presupuestarios de dichos ingresos se encuentran respaldados con los Comprobantes Fiscales
Digitales por Internet y el Convenio correspondiente.
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