Page 26 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Por lo anterior, esta Auditoria Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, justificara
o aclarara conforme a las observaciones que se detallaron en este resultado y presentara dentro del
plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demostrara las
acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha
25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 26 de septiembre de 2023; sin embargo, respecto a este resultado, no presentó información
o documentación; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca,
considera no atendida la observación; por lo que se emite:
Solicitud de aclaración:
2022-OA/CPM/028/2023-SA-02
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo a:
1.- Las Actas de cabildo en las que conste que se efectúo la autorización de las modificaciones
realizadas al Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2022, y en las que se identifique
la fuente de ingresos o la compensación con reducciones en otras previsiones de gasto;
así como, evidencia de que efectuó el procedimiento previsto para las modificaciones al
presupuesto, por el importe de $18,134,523.18 (Dieciocho millones ciento treinta y cuatro
mil quinientos veintitrés pesos 18/100 M.N.), como se detalla en el cuadro siguiente:
CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS PRESUPUESTO DE EGRESOS PRESUPUESTO DE EGRESOS VARIACIÓN (D)
GASTO APROBADO (A) MODIFICADO (B) DEVENGADO (C) (D = B-A)
CAPÍTULO 1000
SERVICIOS PERSONALES 25,439,606.73 24,578,037.57 23,981,086.64 -861,569.16
CAPÍTULO 2000
MATERIALES Y SUMINISTROS 4,107,684.98 16,354,878.26 15,573,471.19 12,247,193.28
CAPÍTULO 3000
SERVICIOS GENERALES 19,156,026.21 19,525,996.65 17,939,348.89 369,970.44
CAPÍTULO 4000
TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,
SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 2,773,000.00 5,255,400.17 4,927,201.82 2,482,400.17
CAPÍTULO 5000
BIENES MUEBLES, INMUEBLES E -977,851.54
INTANGIBLES 3,272,000.00 2,294,148.46 1,873,555.05
CAPÍTULO 6000
INVERSIÓN PUBLICA 55,871,955.50 60,746,335.49 55,799,028.19 4874379.99
CAPÍTULO 7000
INVERSIONES FINANCIERAS Y OTRAS 0.00 0.00 0.00 0.00
PROVISIONES
CAPÍTULO 8000
PARTICIPACIONES Y APORTACIONES 0.00 0.00 0.00 0.00
CAPÍTULO 9000
DEUDA PUBLICA 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTALES $ 110,620,273.42 $ 128,754,796.60 $ 120,093,691.78 $ 18,134,523.18
Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos
63 y 65; Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, artículos
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