Page 32 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                                                         COMPROBANTE
                   FECHA         NÚM.        PROVEEDOR      IMPORTE                   CONCEPTO
                     ---          ----          ----          ----                      ----
                     ---          ----          ----          ----                      ----
                                                                $0.00    

               Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

                   Código Fiscal de la Federación.
                   Artículo 29: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que
                   realicen…” y
                   Artículo 29-A: “Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes
                   requisitos…”

                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                   Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                   compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
                   Artículo 43:  “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo”;
                   Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                   correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                   disposiciones que emita el consejo” y
                   Artículo 70 Fracción I:  “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

               Por  lo  anterior, la  Auditoria  Superior  de  Fiscalización  del  Estado  de  Oaxaca,  le requirió  al  H.
               Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, justificara
               o  aclarara  el importe de  $1,062,690.00  (Un millón sesenta  y  dos  mil seiscientos  noventa
               pesos  00/100  M.N.), conforme a la observación que se  detalló en este  resultado y presentara
               dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior
               y  Rendición de Cuentas para  el Estado de Oaxaca, toda  la  información y  documentación que
               demostrara las acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
               2023,  se dieron  a  conocer al  Ayuntamiento del  Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de
               Juchitán, Oaxaca,  los Resultados  Finales y  Observaciones Preliminares, a  efecto de  que, en un
               plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Ayuntamiento del Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán, Oaxaca,  en el
               proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
               de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
               26 de  septiembre de  2023;  de  este  resultado  en particular, presentó documentación en copias
               certificadas, como se detalla a continuación:


               Respecto que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con
               los documentos que comprueben y justifiquen el costo de la nómina de aguinaldo por importe
               de $1,062,690.00 (Un millón sesenta y dos mil seiscientos noventa pesos 00/100 M.N.) y los
               Comprobantes Fiscales Digitales por Internet por el pago de aguinaldo debidamente firmados,
               presentó:

               Listado de nómina 1° aguinaldo de diciembre 2022 Ramo 28; Listado de nómina 2° aguinaldo de
               diciembre 2022 Ramo 28 y sus respectivos Comprobantes Fiscales debidamente firmados; por un
               monto total de $1,062,690.00 (Un millón sesenta y dos mil seiscientos noventa pesos 00/100 M.N.)

               Una vez analizada la documentación e información presentada, se determina que el Ayuntamiento
               del  Municipio  de San  Juan  Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, presentó  evidencia


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