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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                   Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                   compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
                   Artículo 43:  “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo”;
                   Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                   correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                   disposiciones que emita el consejo” y
                   Artículo 70 Fracción I:  “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”

               Por  lo  anterior, la  Auditoria  Superior  de  Fiscalización  del  Estado  de  Oaxaca,  le requirió  al  H.
               Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, justificara
               o  aclarara  el importe de  $11,252,939.71  (Once millones  doscientos  cincuenta y  dos  mil
               novecientos treinta y nueve pesos  71/100  M.N), conforme a  la  observación  que  se detalló  en
               este resultado y presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de la Ley
               de  Fiscalización  Superior  y  Rendición  de  Cuentas para  el  Estado  de  Oaxaca,  toda  la  información
               y documentación  que demostrara las acciones  realizadas  tendientes  a solventar la observación
               determinada.

               Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
               2023,  se dieron  a  conocer al  Ayuntamiento del  Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de
               Juchitán, Oaxaca,  los Resultados  Finales y  Observaciones Preliminares, a  efecto de  que, en un
               plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

               El Ayuntamiento del Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán, Oaxaca,  en el
               proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023, de fecha 25
               de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
               26 de  septiembre de  2023;  de  este  resultado  en particular, presentó documentación en copias
               certificadas, como se detalla a continuación:
                 a)  Respecto  a  que los registros contables  y presupuestarios, no  se encuentran
                    respaldados con los documentos que comprueben y justifiquen el costo de la nómina,
                    donde consignen el salario percibido, los días trabajados, las percepciones y las
                    deducciones correspondientes en su caso en cantidad de $6,491,390.16 (Seis millones
                    cuatrocientos noventa y un mil trescientos noventa pesos 16/100 M.N.), presentó:
               Pólizas  de  egresos respaldadas  con la  documentación que  ampara  el costo de  la  nómina,  en
               cantidad  de  $6,339,673.21 (Seis millones  trescientos  treinta  y nueve mil seiscientos
               setenta  y tres pesos  21/100  M.N.); sin embargo no presentó  la documentación  de las pólizas
               número 000753, 001095 y 001489, en cantidad de $151,716.95 (Ciento cincuenta y un mil
               setecientos dieciséis pesos 95/100 M.N.), por lo que, no atendió este punto.

                 b)  Respecto a que las nóminas presentadas no se encuentran debidamente firmadas por
                    los trabajadores que acredite la recepción del pago por importe de $4,761,549.55
                    (Cuatro millones setecientos sesenta  y un mil quinientos cuarenta  y nueve pesos
                    55/100 M.N.), presentó:

               Listado de pago de nómina y dietas correspondiente al ejercicio fiscal 2022; comprobantes fiscales
               debidamente firmados, por el importe observado, por lo que, atendió este punto.
                 c)  Respecto a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, presentó:
               Comprobantes fiscales debidamente firmados; por lo que, atendió este punto.

               Lo anterior, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-05-SEG-05

               Una vez analizada la documentación e información presentada, se determina que el Ayuntamiento
               del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, presentó  documentación
               relativa a las nóminas firmadas por los trabajadores que acredita la recepción del pago, en cantidad


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