Page 35 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
FUENTE DE INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE O
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FINANCIAMIENTO FECHA BANCARIA Y NÚM. TRANSFERENCIA IMPORTE
DE CUENTA BANCARIA
CONVENIOS
ESTATALES Scotiabank Inverlat, TRANSFERENCIA
002248 30/04/2022 416,909.16 001114 30/04/2022 416,909.16 12/04/2022 416,909.16
RECURSOS S.A. 25604285858 11458308
ESTATALES
CONVENIOS
ESTATALES Scotiabank Inverlat, TRANSFERENCIA
002251 30/04/2022 583,074.60 001115 30/04/2022 583,074.60 12/04/2022 583,074.60
RECURSOS S.A. 25604285858 11517821
ESTATALES
TOTAL $999,983.76 $999,983.76 $999,983.76
Cuadro continúa a la derecha…
COMPROBANTE INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
135 TERMÓMETRO DIGITAL INFRARROJO; 135 DISPENSADOR DE GEL ANTIBACTERIAL DE PEDAL
ANTICONTACTO; 135 TAPETES SANITIZANTES DE 50 X 40 CM DE ALTO MATERIAL PLÁSTICO PVC CON
1 ALFOMBRA DE SECADO; 200 CUBREBOCAS FFP2 INFANTIL COLOR BLANCO (CAJA CON 100 PZ); 50
COMERCIAL DE
974FCDAF-BB75- CUBRE BOCA KN95 FISH SHAPE ORIGINAL CERTIFICADO COLOR BLANCO ADULTO (CAJA CON 100
13/04/2022 11EC-B5E3- MAYOREO Y MENUDEO 416,909.16 PZ); 40 CUBREBOCAS TRICAPA TERMOSELLADO INFANTIL (PAQUETE DE 300 PZ); 15 CUBREBOCAS
DE PRODUCTOS METZI
00155D012007 PLISADO TRICAPA TERMOSELLADO COLOR AZUL (PAQ. 1000 PZ); 3 BOTE TRANSPARENTE CON PISTOLA
,SA DE CV
ATOMIZADORA DE 1 LT (PAQ. DE 50 PZ); 20 SANITAS CAJA DE TOALLAS INTER DOBLADAS CAJA CON
20 FAJILLAS; 6 JERGA ROLLO INDUSTRIAL ABSORBENTE ALTA RESISTENCIA DE 25 MTS; 900 CARETA
FACIAL PROTECTORA PREMIUM.
DISTRIBUIDORA DE 135 SANITIZANTE EN LIQUIDO PRESENTACIÓN (GALÓN DE 20 LITROS); 140 GEL ANTIBACTERIAL
ACA13DBE-
13/04/2022 9959-471D-A319- PRODUCTOS Y SERVICIOS 583,074.60 PRESENTACIÓN (GALÓN DE 20 LTS); 150 ALCOHOL ETÍLICO DESNATURALIZADO PRESENTACIÓN (GALÓN
DE LIMPIEZA PROLIM SA
DE 20 LTS); 140 LIMPIADOR DE PISOS PINOL (GALÓN DE 20 LTS); 140 JABÓN ANTIBACTERIAL LIQUIDO
509F0E984CCD
DE CV PRESENTACIÓN (GALÓN DE 20 LTS); 135 JABÓN ZOTE EN BARRA BLANCO DE 400G C/U (CAJA DE 25 PZ).
$999,983.76
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo”;
Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
disposiciones que emita el consejo” y
Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten” y fracción II: “Cancelar la documentación comprobatoria del egreso con la
leyenda “Operado” o como se establezca en las disposiciones locales, identificándose con el nombre del fondo de aportaciones, programa o
convenio respectivo.”
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
Estado de Oaxaca.
Artículo 28: párrafo primero “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las
siguientes modalidades:” fracciones I. “Compra directa menor; II. Adjudicación directa; III. Invitación restringida; IV. Invitación abierta
estatal; V. Licitación pública estatal; VI. Licitación pública nacional, y VII. Licitación pública internacional”, párrafo segundo: “Los montos
de los rangos para cada modalidad serán determinados en el Presupuesto de Egresos del Estado”, párrafo ultimo: “Toda solicitud de los
procedimientos referidos en el presente artículo, deberá constar por escrito y estar firmada por el titular de la Dependencia o la Entidad, lo cual
será indelegable.”
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022.
Artículo 98: “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos…”
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