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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


               comprobatoria y  justificativa  del  costo  de la  nómina de aguinaldo, así  como los comprobantes
               fiscales debidamente firmados;  por  lo  anterior, esta  Auditoría  Superior  de Fiscalización  del
               Estado de Oaxaca, determina atendida la observación.

               RESULTADO: AF-14              CON OBSERVACIÓN
               De la revisión a la sub-subcuenta 51211-2111 MATERIAL PARA OFICINA; se constató que el ente
               fiscalizado  afectó el Presupuesto  de Egresos  en cantidad  de  $35,577.50  (Treinta  y  cinco mil
               quinientos  setenta  y siete pesos  50/100  M.N.), realizando  pago  mediante transferencia, con
               afectación a la cuenta número  25604155232 de la institución bancaria Scotiabank Inverlat, S.A.,
               correspondiente al  Ramo  28, Participaciones a  Entidades  Federativas  y  Municipios; observando
               que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación     INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
               justificativa  del gasto, relativa  al  proceso  de contratación, en donde  garanticen  al  municipio, las
               mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
               circunstancias pertinentes,  así  como evidencia  del  destino de  los  materiales; como se detalla    a
               continuación:

                     PÓLIZA DE DIARIO    PÓLIZA DE EGRESO                                  BANCO
                                                             FUENTE DE   CAJA       INSTITUCIÓN   No. DE CHEQUE O
                NÚMERO  FECHA  IMPORTE  NÚMERO  FECHA  IMPORTE  FINANCIAMIENTO  FECHA  BANCARIA   TRANSFERENCIA   IMPORTE
                                                                                     Y NÚM. DE   BANCARIA
                                                                                     CUENTA
                                                           PARTICIPACIONES           Scotiabank
                004178  19/08/2022  35,577.50  001939  19/08/2022  35,577.50  (RAMO 28) - RECURSOS   19/08/2022  Inverlat, S.A.   TRANSFERENCIA   35,577.50
                                                                                             SPEI 28710569
                                                             FEDERALES              25604155232
                TOTAL        $35,577.50           $35,577.50            $0.00                          $35,577.50
               Cuadro continúa a la derecha…

                                                          COMPROBANTE
                 FECHA       NÚM.         PROVEEDOR   IMPORTE                     CONCEPTO
                                                             4 PIEZA LIBRETAS PASTA DURA; 5 PIEZA LIBRETAS PRINTAFORM;  30  PIEZA FRANCES PASTA
                                                             DURA; 17 PIEZA LIBRETAS SELECTO; 10 PIEZA LIBRETAS DE TRANSITO; 10 CAJA HOJAS CARTA;
                       EA6BD1B6-B5DB-4CE5-  MARÍA GUADALUPE CHÁVEZ
                24/08/2022                             35,577.50  1 CAJA OPALINA DELGADA; 3 PAQUETE HOJAS OFICIO; 2 PAQUETE HOJAS DE COLOR; 6 PIEZA
                       80B8-8E084F808624  REGALADO
                                                             FOLDER DE COSTILLA; 6 PIEZA FOLDER OFICIO C/LIGA; 9 PAQUETE FOLDER CARTA CREMA; 5
                                                             RECOPILADOR CARTA; 7 PIEZA RECOPILADOR OFICIO; 5 FOLDER 4 PULGADAS...
                                                     $35,577.50   
               Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
                   Ley General de Contabilidad Gubernamental.
                   Artículo 42: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación original que
                   compruebe y justifique los registros que se efectúen”;
                   Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                   comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para  tal efecto
                   establezca el consejo”;
                   Artículo 67: “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y comprobatorios que
                   correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en términos de las
                   disposiciones que emita el consejo” y
                   Artículo 70 fracción I: “Mantener registros específicos de cada fondo, programa o convenio debidamente actualizados, identificados y
                   controlados, así como la documentación original que justifique y compruebe el gasto incurrido. Dicha documentación se presentará a los
                   órganos competentes de control y fiscalización que la soliciten.”
                   Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
                   Artículo 120: “Para el desempeño de las funciones de la Administración Pública Municipal, el Ayuntamiento aprobará y expedirá las
                   disposiciones relativas a las enajenaciones, arrendamientos y contratación de servicios relacionados con bienes muebles e inmuebles del
                   Municipio, de conformidad a las disposiciones legales aplicables. Para los efectos del párrafo anterior, se creará un Comité de Adquisiciones
                   y Contratación de Servicios, el cual se integrará con un Regidor de cada una de las diversas fuerzas políticas que constituyan el Ayuntamiento
                   y con los servidores públicos que determine el mismo. Los ayuntamientos podrán establecer la aplicación supletoria de la Ley para
                   Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.”
                   Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
                   Estado de Oaxaca.

                   Artículo 28: párrafo primero “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación
                   de adquisiciones, arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo  las
                   siguientes modalidades:” fracciones  I. “Compra directa menor; II. Adjudicación directa; III. Invitación restringida; IV. Invitación abierta
                   estatal;  V.  Licitación  pública  estatal;  VI.  Licitación  pública  nacional,  y  VII.  Licitación  pública  internacional”,  párrafo  segundo:  “Los  montos

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