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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
por excepción a la licitación pública de los distintos programas que ejecutó, excedió del 30% del
presupuesto autorizado en materia de obra pública, como se describe a continuación:
MODALIDAD NÚMERO DE OBRAS IMPORTE CONTRATADO PORCENTAJE
CONTRATADAS
LICITACIÓN PÚBLICA
LICITACIÓN PÚBLICA --- $ 0.00 0.00%
SUB TOTAL --- $ 0.00 0.00%
EXCEPCIÓN A LA LICITACIÓN PÚBLICA
INVITACIÓN RESTRINGIDA A CUANDO MENOS TRES 37 $38,555,565.48 69.10%
CONTRATISTAS
ADJUDICACIÓN DIRECTA 43 $17,243,462.71 30.90%
SUB TOTAL 80 $55,799,028.19 100.00%
TOTAL 80 $55,799,033.19 100.00%
Fuente: Relación de Obras en Proceso y Terminadas del 01/enero al 31/diciembre del 2022 del Municipio de San Juan Guichicovi,
Distrito de Juchitán, Oaxaca.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca,
Artículo 46: “La suma de los montos de la obra pública contratada mediante el procedimiento de adjudicación directa y de invitación
restringida a cuando menos tres contratistas, no deberá exceder del treinta por ciento de los recursos asignados para el ejercicio de la
Dependencia, Entidad o Ayuntamiento de que se trate; adicionalmente se preferirá la modalidad de licitación pública sobre cualquier techo
financiero, aun cuando el monto de la obra pública no exceda del consignado como máximo en el Presupuesto de Egresos del Estado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, para
que justificara o aclarara la observación que se detalla en este resultado y presentara dentro del
plazo que establece la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de
Oaxaca en el artículo 22 segundo párrafo: toda la información y documentación que demostrara las
acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023 de fecha
25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 26 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, manifestó lo siguiente: “Debido a
la problemática política social de las localidades del municipio de San Juan Guichicovi donde dichas
localidades proponían directamente a las empresas para ejecutar sus obras publicas y para no caer en
controversias con las autoridades auxiliares municipales se hicieron los procesos de obras invitando a
cuando menos 3 Contratistas, esto con la finalidad de evitar conflictos internos, de acuerdo al artículo
115 fracción II de la constitución de los estados unidos mexicanos y 113 fracción II de la constitución
del estado de Oaxaca.”
Una vez analizada la documentación e información presentada, se determina que el Ayuntamiento
del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, sin bien presentó
argumentos por los cuales se realizaron los contratos por excepción a la licitación pública de los
distintos programas que ejecutó, este argumento no solventa la observación emitida; por lo que,
esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
observación; por lo que se emite:
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