Page 75 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


                 5.-  Respecto  a  que se observa  que diversos conceptos en  las estimaciones no  presentaron
                    fotografías que evidencien la realización de esos trabajos de la obra “MANTENIMIENTO DE
                    CAMINO RURAL TRAMO SAN JUAN GUICHICOVI A ZACATAL” con número de anexo
                    DAM-VIF-09, la entidad fiscalizable presentó documentación como se relaciona en el ANEXO
                    DAMVIF09-SEG-11; una vez analizada la documentación, se  determina  que  atendió  este
                    punto.

                 6.- Respecto a que se observa que diversos  conceptos  en las  estimaciones  no presentaron
                    fotografías que evidencien la realización de esos trabajos de la obra “REHABILITACIÓN DE
                    CALLES EN LA LOCALIDAD DE BARRIO ALVARADO” con número de anexo DAM-VIF-10,
                    la entidad fiscalizable presentó documentación como se relaciona en el ANEXO DAMVIF10-          INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                    SEG-12; sin embargo, una vez analizada la documentación, se determina que no atendió este
                    punto.
               Una vez analizada la documentación e información presentada por el Ayuntamiento del Municipio
               de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca; esta Auditoría Superior de Fiscalización
               del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:

               Pliego de observaciones:
               2022-OA/CPM/028/2023-PO-14
               Se le requiere al  Ayuntamiento del  Municipio de  San  Juan  Guichicovi, Distrito  de  Juchitán,
               Oaxaca, presente  ante esta Auditoría  Superior de Fiscalización  del Estado de Oaxaca,  la
               información y documentación  que  compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad  de
               $131,197.35 (Ciento treinta y un mil ciento noventa y siete pesos 35/100 M.N.), conforme a las
               observaciones que se detallan en este resultado, en lo relativo a lo relativo a:

               Respecto de la revisión efectuada  a los expedientes  técnicos  unitarios, proporcionados por  el
               Ayuntamiento  del  Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, de las
               obras  incluidas en la  muestra,  se observa  que  diversos conceptos de  obra  en las  estimaciones
               no presentaron fotografías que evidencien la realización de esos trabajos, en tres obras como se
               relaciona a continuación:

                  NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA               NÚMERO DE CONTRATO         IMPORTE    NÚMERO DE ANEXO
                                                                                   DETERMINADO
                  OC-12  CONSTRUCCIÓN  DE  PAVIMENTACIÓN  CON FISMDF/SJG/198/06/024/2022  $ 31,254.02  DAMVIF05-SEG-07
                        CONCRETO HIDRÁULICO EN LAS  CALLES  NICOLAS
                        BRAVO, SAN IGNACIO Y LOS ROSALES.
                  OC-19  MANTENIMIENTO DE CAMINO  RURAL TRAMO  FISMDF/SJG/198/27/079/2022  $ 48,192.83  DAMVIF08-SEG-10
                        DESVIACIÓN  DE UNIDAD  Y PROGRESO A SAN
                        JUANITO
                  OC-21  REHABILITACIÓN DE CALLES EN LA LOCALIDAD DE  PARTICIPACIONES/MSJG/198/01/001/2022  $ 51,750.50  DAMVIF10-SEG-12
                        BARRIO ALVARADO
                                                                              TOTAL $131,197.35

                   Fuente: Expedientes técnicos presentados por la Entidad Fiscalizable.
               Incumpliendo  con lo establecido en la  Ley  de  Obras  Públicas  y  Servicios  Relacionados  del
               Estado de Oaxaca, artículo 56 fracción I;  que a la letra dice:

                   Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                   Artículo 56 fracción I: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se realizará
                   mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al
                   efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones: I.  El contratista deberá
                   entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento contratante, las estimaciones
                   acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, y la
                   residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar y en su caso autorizar la estimación de que
                   se trate.”
               RESULTADO: AF-39             CON OBSERVACIÓN
               Derivado  de  la  revisión efectuada  a  los  expedientes técnicos  unitarios,  proporcionados  por  el
               Municipio de San  Juan  Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca,  de  las  obras  incluidas  en la


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