Page 70 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
NÚM. NOMBRE DE LA OBRA NÚMERO DE CONTRATO ESTIMACIONES NO IMPORTE
PRESENTADAS DETERMINADO
OC-4 REHABILITACIÓN DEL CAMINO SACA COSECHA TRAMO SAN JUAN FISMDF/SJG/198/01/004/2022 Estimación 1 y $ 1,547,466.74
GUICHICOVI A LOS PARAJES PIÑUELAS Y CALAMBIK Estimación 2 Finiquito
OC-12 CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO FISMDF/SJG/198/06/024/2022 Estimación 2 Finiquito $ 526,728.69
EN LAS CALLES NICOLAS BRAVO, SAN IGNACIO Y LOS ROSALES.
OC-23 MANTENIMIENTO DE CAMINO RURAL TRAMO TANQUE DE AGUA DE FISMDF/SJG/198/44/117/2022 Estimación 1 Finiquito $ 436,784.46
RIO GUASAMANDO ARROYO CUCHARA
TOTAL $2,510,979.89
Fuente: Expedientes técnicos presentados por el ente fiscalizado.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 56 fracción I: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se realizará
mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al
efecto fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones: I. El contratista deberá
entregar a la residencia de supervisión previamente establecida por la Dependencia, Entidad o Ayuntamiento contratante, las estimaciones
acompañadas de la documentación que de soporte correspondiente dentro de los cuatro días hábiles siguientes a la fecha de corte, y la
residencia de supervisión dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción deberá revisar y en su caso autorizar la estimación de que
se trate.”
Reglamento de Construcción y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.
Artículo 60 fracción VIII: “Obligaciones del Director Responsable de la obra. Son Obligaciones del Director Responsable de Obra. VIII.- Llevar
en las obras un libro de bitácora foliado y encuadernado”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, para que
justificara o aclarara ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $2,510,979.89
(Dos millones quinientos diez mil novecientos setenta y nueve pesos 89/100 M.N.), conforme
a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del plazo que establece
el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para
el Estado de Oaxaca, la información y documentación que demuestren las acciones realizadas
tendientes a solventar las observaciones determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023 de fecha
25 de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de
fecha 26 de septiembre de 2023; presentó documentación en copias certificadas, como se detalla a
continuación:
1.- Respecto a que se observa que no presentan la documentación comprobatoria y justificativa,
de la obra “REHABILITACIÓN DEL CAMINO SACA COSECHA TRAMO SAN JUAN
GUICHICOVI A LOS PARAJES PIÑUELAS Y CALAMBIK” respecto de las estimaciones
uno y dos finiquito, la entidad fiscalizable presentó documentación consistente en
Estimación uno y estimación dos finiquito (consistentes en cuerpo, números generadores,
croquis de ubicación, reporte fotográfico y notas de bitácora); en base a esta documentación
presentada, con fecha 09 de octubre de 2023, se realizó la Verificación e Inspección Física de
la obra para corroborar y comprobar que la obra se ejecutó de acuerdo con el plazo, monto,
cantidades, especificaciones y demás condiciones pactadas en el contrato, sin embargo,
de la visita realizada se determinaron Volúmenes de obra pagados no ejecutados, en los
conceptos y cantidades que se relacionan en el ANEXO DAM-VIF-SEG-04, por la cantidad
de $1,308,544.38 (Un millón trescientos ocho mil quinientos cuarenta y cuatro pesos
38/100 M.N.), por lo que se determina que no atendió este punto.
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