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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA


         INFORME INDIVIDUAL  CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
                NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA          NÚMERO DE CONTRATO  NOMBRE DEL CONTRATISTA  IMPORTE   NÚMERO DE
                                                                                      DETERMINADO  ANEXO
                OC-1  CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON   FISMDF/SJG/198/   C. IVÁN EGIBER MATÍAS LÓPEZ  $ 710,861.18  DAMVIF18-SEG-20
                      CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE   05/020/2022
                      JOSEFA ORTIZ DE DOMÍNGUEZ
                OC-2  CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA DE   FISMDF/SJG/198/   C. ERIKA GONZÁLEZ JOAQUÍN  $ 24,378.65  DAMVIF19-SEG-21
                      CONDUCCIÓN DE AGUA ENTUBADA   10/034/2022
                      TRAMO NARANJAL A ENCINAL COLORADO
                OAD-6  CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO DE SALUD   Oficio de Autorización:   MUNICIPIO DE SAN JUAN   $ 38,892.24  DAMVIF20-SEG-22
                      RURAL                      OF/FISMDF/SJG/198/   GUICHICOVI
                                                 15/048/2022
                OC-7  CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON   FISMDF/SJG/198/   C. MANOLO RAMÍREZ RICÁRDEZ $ 83,532.56  DAMVIF21-SEG-23
                      CONCRETO HIDRÁULICO DE LA CALLE   02/012/2022
                      RUMBO AL PANTEÓN
                OC-8  EQUIPAMIENTO CON PANELES SOLARES   FISMDF/SJG/198/   GRUPO CONSTRUCTOR   $ 36,389.57  DAMVIF22-SEG-24
                      DEL CÁRCAMO DE BOMBEO DE LA   05/019/2022  ESPECIALIZADO PALMEIRA S.A.
                      SEGUNDA SECCIÓN                            DE C.V.
                OC-13  CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON   FISMDF/SJG/198/   ARIZA DEL ISTMO S.A. DE C.V.  $ 30,493.66  DAMVIF23-SEG-25
                      CONCRETO HIDRÁULICO EN LAS CALLES   03/013/2022
                      LAS CRUCES Y MINERÍA.
                OC-15  CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTACIÓN CON   FISMDF/SJG/198/   MAZA INGENIERÍA Y   $ 18,619.72  DAMVIF24-SEG-26
                      CONCRETO HIDRÁULICO EN LA CALLE   07/025/2022  PROYECTOS S.A. DE C.V.
                      ABRAHAM CASTELLANOS
                OC-18  MANTENIMIENTO DE CAMINO   FISMDF/SJG/198/   C. IVÁN EGIBER MATÍAS LÓPEZ  $ 41,679.96  DAMVIF25-SEG-27
                      SACACOSECHAS A LOS PARAJES LA   18/055/2022
                      Y GRIEGA, EL NARANJAL Y ARROYO
                      GRANDE
                                                                                 TOTAL $984,847.54
                   Fuente: Verificación e Inspección Física realizada al Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca.

               Incumpliendo  con lo establecido en la  Ley  de  Obras  Públicas  y  Servicios  Relacionados  del
               Estado de Oaxaca, artículos 56 fracción II, 66 fracción VII y 74; y de la Ley de Ordenamiento
               Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca, artículo 198;  que a la letra dicen:

                   Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
                   Artículo 56 fracción II: “El pago de los trabajos contratados y ejecutados basándose en precios unitarios y tiempo determinado, se realizará
                   mediante la formulación de estimaciones por periodos no mayores a treinta días naturales, de conformidad a la fecha de corte que al efecto
                   fijen las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos contratantes; atendiendo a las siguientes disposiciones: II.- Para el caso de que derivado
                   de la revisión hecha por la residencia de supervisión resultaren diferencias numéricas o técnicas, las partes tendrán tres días hábiles contados
                   a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión y conciliación de dichas diferencias a efecto de proceder a la autorización de la
                   estimación correspondiente, en caso contrario que no se llegue a la conciliación de algún trabajo, quedará pendiente y se seguirá conciliando
                   a efecto de llegar al acuerdo y cobrarlo en la siguiente estimación”;
                   Artículo 66 fracción VII: “Las Dependencias, Entidades, Ayuntamientos y las personas físicas o morales, bajo las cuales quede resguardada
                   la obra pública, están obligadas a: VII. El contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y deberá sujetarse a todos
                   los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de construcción de carreteras, caminos, avenidas y  calles,
                   seguridad, uso de la vía pública, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito estatal o municipal, así como a las
                   instrucciones que al efecto le señale la Dependencia o Municipio. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que se ocasione a un
                   particular por la mala construcción de obra pública que resultaren por su inobservancia serán a cargo del contratista.”;
                   Artículo 74: “Las Dependencias, Entidades o Ayuntamientos ejecutores, tendrán la obligación de supervisar y vigilar todo el proceso
                   constructivo de la obra pública a su cargo.”
                   Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca.
                   Artículo 198: “El Municipio correspondiente y la Secretaría, en el ámbito de sus competencias, supervisarán y vigilarán, en todo momento,
                   que las obras y actividades realizadas estén de acuerdo con el proyecto autorizado y demás lineamientos señalados por la presente Ley, sus
                   reglamentos respectivos y los programas de ordenamiento territorial y de desarrollo urbano vigentes.”

               RESULTADO: AF-42            CON OBSERVACIÓN
               Derivado  de  la  Verificación  e Inspección  Física realizada  a  las  obras  incluidas  en la  muestra,  se
               constató que una obra no se encuentra en operación, por lo que se observa el monto total de la
               misma, como se relaciona a continuación:


                NÚM.  NOMBRE DE LA OBRA      NÚMERO DE CONTRATO                 NOMBRE DEL CONTRATISTA  IMPORTE
                                                                                                   DETERMINADO
                OAD-6  CONSTRUCCIÓN  DEL  CENTRO DE  Oficio de Autorización: OF/FISMDF/SJG/198/15/048/2022 MUNICIPIO DE SAN JUAN   $ 1,300,000.00
                     SALUD RURAL                                                GUICHICOVI
                                                                                              TOTAL $1,300,000.00
                   Fuente: Verificación e Inspección Física realizada al Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca.


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