Page 83 - San Juan Guichicovi
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.
Artículo 66: “Las Dependencias, Entidades, Ayuntamientos y las personas físicas o morales, bajo las cuales quede resguardada la obra
pública, están obligadas a:”
Fracción IV: “IV.- Mantener en condiciones de funcionamiento la obra pública;”;
Fracción V: “V.- Dar mantenimiento preventivo y correctivo convenientemente calendarizado, a las partes móviles, equipos, señalizaciones,
mecanismos de seguridad, etc., que permitan operar las obras de infraestructura con total eficacia; y”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al
H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, para que
justificara o aclarara ante esta Auditoría Superior de Fiscalización, el importe de $1,300,000.00 INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
(Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones que se detallan
en este Resultado y presentara dentro del plazo que establece el artículo 22 segundo párrafo de
la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, la información
y documentación que demuestren las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.
Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMB/0289/2023, notificado el día 11 de septiembre de
2023, se dieron a conocer al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de
Juchitán, Oaxaca, los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que, en un
plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.
El Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca, en el
proceso de aclaraciones y justificaciones, mediante oficio número SJG/0281/2023 de fecha 25
de septiembre de 2023, presentó documentación, como consta en el acta circunstanciada de fecha
26 de septiembre de 2023; de este resultado en particular, manifestó lo siguiente: “Las gestiones de
operatividad del inmueble se encuentran a cargo de la agencia municipal y por el número de habitantes
se construyó una casa de salud ya que pertenece a la localidad, destinado exclusivamente con carácter
temporal como apoyo a las actividades de promoción de la salud de la organización comunitaria o
extramuros del personal institucional de IMSS-BIENESTAR. En poblaciones beneficiarias del programa
no son establecimientos médicos, en razón de que no cumplen con la NOM005-SSA3-2018 (que
establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la
atención médica de pacientes ambulatorios, que se hace con 1 día comunitario, en el cual integrantes
de los equipos de salud de la UMR, asisten a la localidad de atención intensiva (LAI) de su universo
de trabajo, con mayor riesgo epidemiológico para desarrollar acciones asistenciales y estrategias de
promoción en prioridades de salud, conforme al panorama epidemiológico y con enfoque de riesgo,
en coordinación con la organización comunitaria.”, sin embargo, se determinó que este argumento no
solventa la observación emitida, debido a que en el Manual de Usuario y Operación de la Matriz de
Inversión para el Desarrollo Social 2022, se permite la Construcción de Centro de Salud tomando
las siguientes consideraciones: “La planeación que realicen los gobiernos locales considerará la
normatividad federal en materia de salud. Sólo si se aseguran los recursos para su operación (plantilla
de personal, equipamiento y suministro de medicamentos) por la instancia normativa federal o estatal”,
por lo anterior se determina que no atendió este punto.
Una vez analizada la documentación e información presentada por el Ayuntamiento del Municipio
de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán, Oaxaca; esta Auditoría Superior de Fiscalización
del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:
Pliego de observaciones:
2022-OA/CPM/028/2023-PO-17
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de San Juan Guichicovi, Distrito de Juchitán,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
información y documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de
$1,300,000.00 (Un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.), conforme a las observaciones
que se detallan en este resultado, en lo relativo a lo relativo a:
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