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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                            Artículo 52: “Una vez aprobado el Plan Municipal de Desarrollo por el Ayuntamiento, éste y sus programas serán obligatorios para las
                                                            dependencias de la administración municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias. Los planes y programas municipales pueden
                                                            modificarse o actualizarse periódicamente, previo acuerdo por mayoría calificada de los integrantes del Ayuntamiento.”.

                                                            Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca

                                                            Artículo 43 párrafo primero, fracciones XV y XXVI: “Son atribuciones del Ayuntamiento:”; XV: “Formular, aprobar y ejecutar los planes
                                                            de desarrollo municipal y los programas de obras correspondientes, incorporando los principios de igualdad, no discriminación y derechos
                                                            humanos, preservando la historia, la cultura, las lenguas indígenas, las tradiciones y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas
                                                            y afromexicanas, su protección legal y el respeto a ser consultados para su formulación; Los programas de obras públicas a que hace
                                                            referencia la presente ley, tratándose de instalaciones públicas e infraestructura urbana deberán asegurar la accesibilidad, evacuación,
                                                            y libre tránsito, para todas las personas con discapacidad, para ello deberán cumplir con las normas de diseño y de señalización que
                                                            contengan, asimismo, se deberá de proponer las adecuaciones a las instalaciones públicas como infraestructura urbana existente, a efecto
                                                            de que cubran las necesidades de las personas con discapacidad.”; y XXVI: “Coadyuvar en la ejecución de los planes y programas
                                                            federales y estatales en el Municipio.”.

                                                  Diseño de los Programas Presupuestarios
                                                  La Metodología del Marco Lógico (MML) es una herramienta que facilita el proceso de
                                                  conceptualización, diseño, ejecución, monitoreo y evaluación de programas. Esta metodología se
                                                  basa en la estructuración y solución de problemas, permitiendo organizar, de manera sistemática
                                                  y lógica, los objetivos de un programa y sus relaciones de causa y efecto, además de los medios y
                                                  fines.

                                                  Para constatar que los Programa Presupuestarios ejecutados por el ente fiscalizado se elaboraron
                                                  de conformidad con los Lineamientos para la Construcción y Diseño de Indicadores de Desempeño
                                                  mediante la Metodología del Marco Lógico (MML), emitidos por el Consejo Nacional de Armonización
                                                  Contable (CONAC), se realizó el análisis al diseño de los Programas Presupuestarios “Gobierno
                                                  Moderno”, así como “Comunicaciones y Transportes”, integrados en la Cuenta Pública Municipal del
                                                  ejercicio fiscal 2022, y se obtuvieron los siguientes resultados:

                                                    a)	Árbol de Problemas: El ente fiscalizado no presentó ante el extinto Órgano Superior de
                                                         Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
                                                         Oaxaca, el Árbol de Problemas de los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y
                                                         “Comunicaciones y Transportes”, en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio
                                                         fiscal 2022. Derivado de lo anterior, el ente fiscalizado no acreditó que haya efectuado
                                                         un diagnóstico pertinente para identificar el origen, comportamiento y consecuencias del
                                                         problema que origina o motiva la necesidad de la intervención gubernamental, estableciendo
                                                         las diversas causas y los efectos que producen en la población del municipio y que, a través del
                                                         presupuesto de egresos, permitirá establecer las acciones para revertir los efectos negativos
                                                         identificados.

                                                    b)	Árbol de Objetivos: El ente fiscalizado no presentó ante el extinto Órgano Superior de
                                                         Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
                                                         Oaxaca, el Árbol de Objetivos de los Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y
                                                         “Comunicaciones y Transportes”, en el Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio
                                                         fiscal 2022. Derivado de lo anterior, el ente fiscalizado no acreditó que haya realizado el
                                                         análisis y valoración de las opciones de acción más efectivas para determinar los medios
                                                         y fines necesarios para el logro de los objetivos que solventarán los problemas identificados
                                                         en la población objetivo, permitiendo su consecución a través de la adecuada planeación del
                                                         presupuesto de egresos.

                                                    c)	Matriz de Indicadores para Resultados (MIR). El ente fiscalizado no presentó ante el
                                                         extinto Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, ahora Auditoría Superior
                                                         de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Matriz de Indicadores para Resultados de los
                                                         Programas Presupuestarios “Gobierno Moderno” y “Comunicaciones y Transportes”, en el
                                                         Presupuesto de Egresos Aprobado para el ejercicio fiscal 2022. Derivado de lo anterior, el
                                                         ente fiscalizado no acreditó que haya diseñado los Programas Presupuestarios de conformidad
                                                         con la Metodología del Marco Lógico (MML). Es decir; con una estructura adecuada en la
                                                         determinación del fin, propósito, componentes y actividades de los programas, así como en la

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