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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                         INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022

realizar revisiones periódicas y/o reuniones para detectar la eficacia en el logro de los objetivos o
en el enfrentamiento de sus riesgos; y evaluar y retroalimentar continuamente las necesidades de
conocimiento, competencias y capacidades que el personal debe tener para lograr los objetivos
institucionales. Asimismo, cumpla con las obligaciones y recomendaciones, políticas públicas,
lineamientos y normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema
Estatal de Combate a la Corrupción.

INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN

Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente Información y comunicación, se determinó un puntaje alcanzado de 13.3 puntos de
un total de 20.0 puntos asignados, correspondientes al valor total de este componente, debido a
que la Entidad Fiscalizable no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, contar con personal confiable para obtener información relevante que apoye al control
interno, así como tampoco dispone de una plataforma de transparencia oficial del municipio para el
cumplimiento de la publicación de la información de acuerdo con la normatividad aplicable.

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI), respecto
al componente Información y comunicación, a través del cual se utiliza información de calidad que el
Ayuntamiento y los demás servidores públicos generan, obtienen, utilizan y comunican para respaldar
el sistema de control interno y para dar cumplimiento a su mandato legal; a través de la designación
de personal interno o externo necesario y confiable para obtener información relevante que apoye al
control interno y realizar la publicación de su información oficial en una página de internet del municipio.
Asimismo, cumpla con las obligaciones, recomendaciones, políticas públicas, lineamientos y cualquier
normatividad que emitan las instancias del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Estatal de
Combate a la Corrupción.

SUPERVISIÓN

Del análisis y revisión a las respuestas proporcionadas por la Entidad Fiscalizable, respecto al
componente supervisión, se determinó un puntaje alcanzado de 0.0 puntos de un total de 20.0
puntos asignados, correspondiente al valor total de este componente, debido a que la Entidad
Fiscalizable no acreditó ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, contar
con procedimientos o estrategias para corregir las deficiencias de control interno, reportar a las
partes internas y externas de la Entidad Fiscalizable los problemas de control interno detectados,
contar con un área externa que se encargue de supervisar y evaluar la eficacia operativa del
control interno, y tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía para las correcciones de
problemas o deficiencias del control interno; asimismo, no acreditó contar con un área que realice la
función de verificar que la información reportada en relación del cumplimiento de los programas de
la Entidad Fiscalizable sea de calidad, tratándose de información adecuada, actual, completa, exacta,
accesible y oportuna, en términos del Marco Integrado del Control Interno (MICI).

Por lo anterior, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, recomienda al H.
Ayuntamiento del Municipio de Santo Tomás Jalieza, Distrito de Ocotlán, Oaxaca, realizar las
acciones necesarias para la implementación del Marco Integrado de Control Interno (MICI) respecto
al componente de supervisión, el cual tiene la finalidad de contribuir a asegurar que el control interno
se mantenga alineado con los objetivos institucionales, el entorno operativo, las disposiciones jurídicas
aplicables, los recursos asignados y los riesgos asociados al cumplimiento de los objetivos, a través
de la implementación de una área interna y una externa que se encargue de supervisar y evaluar la
eficacia operativa del control interno, con procedimientos o estrategias para corregir sus deficiencias;
reportar a las partes internas y externas del Ayuntamiento los problemas de control interno detectados,
para que éstos consideren y evalúen oportunamente dichas cuestiones y designar un área que realice
la función de verificar que la información reportada en relación del cumplimiento de los programas
del Ayuntamiento sea de calidad, tratándose de información adecuada, actual, completa, exacta,
accesible y oportuna; tomar en cuenta las quejas o denuncias de la ciudadanía para las correcciones

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