Page 20 - Villa Sola de Vega
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022 ministrados para la ejecución del proyecto, considerado en el programa presupuestario de
la Secretaría de Comunicaciones y Transportes K037 “Conservación de Infraestructura de
Caminos Rurales y Carreteras Alimentadoras”, destinados al “Programa de Pavimentación de
Caminos a cabeceras municipales”; por lo que omitió el registro en el sistema de contabilidad
utilizado en el ejercicio fiscal 2022 de los ingresos que le fueron ministrados, por un importe
de $85,750,000.00 (Ochenta y cinco millones setecientos cincuenta mil pesos 00/100
M.N.) y, consecuentemente no fueron reportados en la información financiera que integra la
Cuenta Pública 2022. No presenta documentación; por lo que no atendió este puno.
Una vez analizada la documentación presentada, se determina que el Ayuntamiento del Municipio
de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega, Oaxaca, únicamente presentó de manera parcial
contratos de apertura de cuentas, sin presentar evidencia documental que atiendan los puntos
detallados de este resultado; por lo cual, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de
Oaxaca, determina que subsiste la observación; por lo que se emite:
Solicitud de Aclaración:
2022-OA/CPM/076/2023-SA-02
Se le requiere al Ayuntamiento del Municipio de Villa Sola de Vega, Distrito de Sola de Vega,
Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, toda aquella
información y documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a las observaciones
que se detallan en cada uno de los puntos de este resultado, relativo a:
CUENTAS BANCARIAS
Con la finalidad de verificar el cumplimiento del artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, se revisó la información presentada por el ente fiscalizado específicamente
los contratos de apertura de las cuentas bancarias, los estados de cuenta bancarios, el respaldo
del sistema de contabilidad que manejó el ente fiscalizado en el ejercicio fiscal 2022, y la Ley de
Ingresos para el ejercicio fiscal 2022, así como la información proporcionada por la Secretaría
de Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, mediante oficio número SF/SECyT/
TES/0292/2023 de fecha 17 de febrero de 2023, relativo a las ministraciones de recursos de
Participaciones a Entidades Federativas y Municipios y Aportaciones Federales e ingresos por
convenios, y a las actas de cabildo donde consta la autorización de la apertura de las cuentas
bancarias; concluyendo:
1.- Que no comprobó que la cuenta bancaria número 1184498937, aperturada ante la institución
de Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte,
destinada para Convenios Estatales, Otros Programas Estatales, correspondiera a una cuenta
bancaria productiva y que las firmas fueran mancomunadas, toda vez que no presentó el
contrato de apertura de la cuenta correspondiente al ejercicio fiscal 2022, como se detalla a
continuación:
DATOS DE LA CUENTA BANCARIA CONTRATO DE APERTURA ESTADOS
DE CUENTA
SUB- FUENTE DE NOMBRE INSTITUCIÓN NÚMERO NÚMERO TIPO FIRMAS BANCARIOS
SUBCUENTA FINANCIAMIENTO DE LA BANCARIA (PRODUCTIVA) MANCOMUNADAS PRESENTADOS
CONTABLE DE CUENTA DE (SEÑALAR MES
CONVENIOS CUENTA (NOMBRES)
42131- ESTATALES, SEGÚN BANCARIA CLIENTE Y AÑO)
8302001 CONTRATO
OTROS OTROS NO PRESENTO
PROGRAMAS PROGRAMAS BANCO MERCANTIL EL CONTRATO
ESTATALES ESTATALES DE APERTURA
DEL NORTE, S.A., DE LA CUENTA
- INSTITUCIÓN DE 1184498937 - - -
BANCA MÚLTIPLE,
GRUPO FINANCIERO
BANORTE
Incumpliendo con las obligaciones establecidas en la Ley General de Contabilidad Gubernamental
artículo 69 párrafos tercero y cuarto; Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca artículos
95 fracciones III y VII y 124 párrafo primero; que a la letra dicen:
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