Page 25 - Villa Sola de Vega
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
importe de $21,463.40 (Veintiún mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 40/100 M.N.); y INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
12422- APARATOS DEPORTIVOS, por un importe de $214,200.00 (Doscientos catorce mi
doscientos pesos 00/100 M.N.); de las sub-subcuentas como se detallan a continuación.
SUB-SUBCUENTA PÓLIZA FECHA DESCRIPCIÓN IMPORTE
BAJA
12421 EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES 21,463.40
12421-01-15-5210200024 30/04/2022 2,199.00
12421-01-15-5210200025 D-001954 30/04/2022 BAFLE DKR REC 15 PULGADAS MSA9015BT 80/9 2,199.00
D-001954 30/04/2022
12421-01-15-5210200026 BAFLE DKR REC 15 PULGADAS MSA9015BT 80/9 1,708.88
D-001954 30/04/2022
12421-01-15-5210200027 BOCINA BAFLE PASIVO DE 15 PULGADAS/ 6000W P.M.P.O./8 OHMS/ 1,708.88
D-001954 30/04/2022 ENTRADA Y SALIDA SPEAKON Y CABLE PROFESIONAL CONECTOR
12421-01-15-5210200028 SPEAKON MACHO A MACHO/9 MS/LIBRE DE OXÍGENO. 1,708.88
D-001954 30/04/2022
12421-01-15-5210200029 30/04/2022 BOCINA BAFLE PASIVO DE 15 PULGADAS/ 6000W P.M.P.O./8 OHMS/ 1,579.38
D-001954 30/06/2022 ENTRADA Y SALIDA SPEAKON Y CABLE PROFESIONAL CONECTOR
12421-01-15-5210200030 30/06/2022 SPEAKON MACHO A MACHO/9 MS/LIBRE DE OXÍGENO. 1,579.38
12421-01-15-5210200031 D-001954 30/06/2022 3,854.95
12421-01-15-5210200032 D-002799 BOCINA BAFLE PASIVO DE 15 PULGADAS/ 6000W P.M.P.O./8 OHMS/
12421-01-15-5210200033 D-002799 ENTRADA Y SALIDA SPEAKON Y CABLE PROFESIONAL CONECTOR 725.05
12422 D-002799 30/06/2022 SPEAKON MACHO A MACHO/9 MS/LIBRE DE OXÍGENO. 4,200.00
31/08/2022 214,200.00
12422-01-15-5220100001 BOCINA BAFLE PASIVO DE 15 PULGADAS/ 6000W P.M.P.O./8 OHMS/ 75,000.00
D-002799 ENTRADA Y SALIDA SPEAKON
12422-01-15-5220100002 139,200.00
D-004049 BOCINA BAFLE PASIVO DE 15 PULGADAS/ 6000W P.M.P.O./8 OHMS/ $235.663,40
ENTRADA Y SALIDA SPEAKON
CONSOLA RADSON RPM 8 USB
ACCESORIOS DE CONSOLA MICRÓFONO, EXTENSIONES
AMPLIFICADOR RADSON 800 USB
APARATOS DEPORTIVOS
ARILLO DE JARIPEO A BASE DE 34 PIEZAS, 2 CAJONES, 1 PUERTA DE
SALIDA DEL TORO Y 1 PUERTA PERSONAL, CON TUBOS DE HERRERÍA DE
1 Y 1/2 PULGADA CEDULA 30,
ESTRUCTURA METÁLICA 20 METRO PARA JARIPEO
TOTAL
Sin embargo, el ente fiscalizado no presentó el programa anual para la disposición final de bienes
previo dictamen de no utilidad, debidamente autorizado, donde se identifique el motivo de la baja de
dichos bienes, conforme a Ley.
Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:
Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículo 28: “Los registros contables reflejarán, en la cuenta específica del activo que corresponda, la baja de los bienes muebles e
inmuebles. El consejo emitirá lineamientos para tales efectos.”;
Artículo 42 párrafo primero: “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
original que compruebe y justifique los registros que se efectúen.”; y
Artículo 43: “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
establezca el consejo.”.
Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
Artículo 71 fracción IX: “Los Síndicos serán representantes jurídicos del Municipio y responsables de vigilar la debida administración del
erario público y patrimonio municipal, con las siguientes atribuciones: IX.- Intervenir en la formulación del inventario general de los bienes
muebles e inmuebles propiedad del Municipio, promoviendo la inclusión de los que se hayan omitido, y haciendo que se inscriban en el libro
especial con la expresión real de sus valores y las características de identificación, así como el destino de los mismos.”;
Artículo 110 fracción III: “El inventario de bienes muebles del Municipio, contendrá: III.- Los datos sobre los movimientos de alta y baja.”; y
Artículo 114: “La alteración, sustracción, disposición indebida, ocultamiento, así como otra conducta análoga realizada por los servidores
públicos municipales, sobre los bienes del Municipio, será sancionada conforme a lo dispuesto en el Código Penal para el Estado de Oaxaca
y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado y Municipios de Oaxaca.”.
Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos dirigidos a Asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y
Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e inmuebles de los Entes Públicos.
Numeral D.1.3 DISPOSICIÓN FINAL Y BAJA DE BIENES MUEBLES.
Reglas Específicas de Registro y Valoración del Patrimonio.
Numerales 9 y 11.
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