Page 59 - San Melchor Betaza
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

se encuentre publicado y presente evidencia de su publicación en otros medios, como la Gaceta                                                               INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2022
Municipal o revistas especializadas en temas municipales.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios
Públicos Municipales, Artículo 49, que a la letra dice:

         Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales.

         Artículo  49: “El Ayuntamiento, dentro de los primeros noventa días de su ejercicio anual, deberá elaborar sus programas de obras y
         servicios, tomando en consideración la participación y consulta popular que se hubieran hecho al Consejo de Desarrollo Social Municipal.
         Estos programas deberán ser aprobados por mayoría calificada, y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en la Gaceta
         Municipal o revistas especializadas en temas municipales, y serán enviados al Congreso del Estado para su conocimiento.”

RESULTADO: AF-25	  CON OBSERVACIÓN

De la revisión efectuada a la documentación proporcionada, el ente auditado no presentó el
documento denominado “Padrón de contratistas de obra pública del ejercicio 2022”, y como
resultado de la consulta realizada al sitio web oficial del Periódico Oficial del Gobierno del Estado
de Oaxaca, en la dirección electrónica http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/, se constató que
el Padrón de contratistas del H. Ayuntamiento del municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa
Alta, Oaxaca, del Ejercicio Fiscal 2022, no fue publicado, por lo que el municipio no demuestra que
los contratistas con los cuales se contrataron las obras públicas estuvieron debidamente inscritos en
el padrón.

Incumpliendo con lo establecido en la siguiente normatividad:

         Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca.

         Artículo 26 A: “La Secretaría y los Ayuntamientos llevarán, cada uno de ellos un Padrón de Contratistas de Obra Pública, lo mantendrán
         permanentemente actualizado, y clasificarán a los contratistas registrados en el mismo, de acuerdo a su capacidad técnica, económica,
         objeto social o giro de negocios que desarrolle. Este padrón será publicado en el Periódico Oficial del Estado. El registro o renovación en
         el Padrón será obligatorio, por lo que sólo se podrán celebrar contratos con los contratistas que acrediten estar debidamente inscritos en el
         Padrón, y tendrán el costo que señalen las leyes de ingresos Estatal y Municipales del ejercicio fiscal que corresponda, con vigencia para un
         ejercicio fiscal. Los Contratistas, para renovar su registro, deberán de presentar su solicitud dentro de los quince días hábiles anteriores a su
         vencimiento, si omiten presentar la solicitud en el plazo indicado tendrá como consecuencia la suspensión del registro solicitado.”

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al H.
Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, comprobar,
justificar o aclarar la observación que se detalla en este resultado y presentara toda la información
y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar las observaciones
determinadas.

Mediante oficio número ASFE/AEFM/DAMA/463/2023, notificado el 09 de octubre de 2023, se
dieron a conocer a la Entidad Fiscalizable los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a
efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y
aclaraciones correspondientes.

El Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa Alta, Oaxaca, en el proceso de aclaraciones
y justificaciones, mediante oficio 036/10/2023 de fecha 31 de octubre de 2023, presentó

documentación como consta en el acta circunstanciada de recepción de fecha 06 de noviembre de

2023, sin embargo, para este resultado en particular, no presentó documentación; por lo anterior, la

Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.
Por lo que se emite:

Solicitud de Aclaración

2022-OA/CPM/085/2023-SA-06

Se le requiere al H. Ayuntamiento del Municipio de San Melchor Betaza, Distrito de Villa
Alta, Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique o aclare lo relativo al documento denominado “Padrón de
contratistas de obra pública del ejercicio 2022”, y como resultado de la consulta realizada al sitio

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