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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022

         Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

         Artículo 61: “Los lineamientos técnicos que emita el Sistema Nacional establecerán los formatos de
         publicación de la información para asegurar que la información sea veraz, confiable, oportuna, congruente, integral, actualizada, accesible,
         comprensible, verificable.”

         Artículo 70 fracción XV: “La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los
         programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente…”
         Fracción XLI: “Los estudios financiados con recursos públicos.”.

         Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública, y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca

         Artículo 10 fracción II: “Publicar, actualizar y mantener disponible, de manera proactiva, a través de los medios electrónicos con que
         cuenten, la información a que se refiere la Ley General y esta Ley y toda aquella que sea de interés público.”

         Artículo 15 párrafo primero: “Los sujetos obligados deberán difundir, actualizar y poner a disposición del público de manera proactiva, de
         acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, la información a que se refiere el Título Quinto de la
         Ley General, en sus sitios de internet y a través de la Plataforma Nacional, con excepción de la información clasificada como reservada o
         confidencial.

         Artículo 19: “Los sujetos obligados, deberán poner a disposición del público y mantener actualizada en los respectivos medios electrónicos,
         sin que medie solicitud alguna, la información a que se refiere el artículo 70 de la Ley General y la que les corresponda según el Catálogo de
         Obligaciones de Transparencia Específicas.”.

         Lineamientos Técnicos Generales para la Publicación, Homologación y Estandarización de la Información de las obligaciones
         establecidas en el Título quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
         que deben de difundir los sujetos obligados en los portales de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia

         Capítulo II séptimo: “Los sujetos obligados usarán los formatos especificados en cada rubro de información incluidos en estos Lineamientos,
         con el objetivo de asegurar que la organización, presentación y publicación de ésta garantice su homologación y estandarización, como lo
         especifican los artículos 61 y 65 de la Ley General.”

         Capitulo IV decimo noveno: “El catálogo de la información que todos los sujetos obligados deben poner a disposición de las personas
         en sus portales de Internet y en la Plataforma Nacional está detallado en el artículo 70 de la Ley General, de las fracciones I a la XLVIII,
         constituyendo lo que se denomina como “Obligaciones de transparencia comunes”, y se trata de información pública que debe estar a
         disposición de las personas sin que medie petición alguna.”

RESULTADO: AC-14		 SIN OBSERVACIÓN
De la verificación a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se verificó que cumplió con la
información contable, presupuestaria, programática y la demás información complementaria
señalada en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, en el cual, puso a disposición del
público la liga: http://www.transparenciapresupuestaria.oaxaca.gob.mx/rendicion_cuentas.html.

RESULTADO: AC-15		 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión a la página de internet de la Entidad Fiscalizable, se verificó que dio cumplimiento
a lo relativo a la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, y en
sus criterios para la elaboración homogénea de la información financiera, puso a disposición la liga:
http://www.transparenciapresupuestaria.oaxaca.gob.mx/rendicion_cuentas.html.

AUDITORÍA SOBRE EL DESEMPEÑO
RESULTADO: AD-16		 SIN OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable respecto
a los Reportes de Avance de Gestión, se verificó que las actividades derivadas del programa
147 Promoción, Fomento y Difusión de las Diversidades Culturales y Bioculturales; 201
Salvaguarda del Patrimonio Cultural Material e Inmaterial; 203 Desarrollo Sustentable y
Sostenible de la Producción Cultural, se encuentran alineados con el Plan Estatal de Desarrollo
2016-2022 y el Plan Estratégico Sectorial “Cultura”. Así mismo, dicho programa fue aprobado en el
Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2022.

RESULTADO: AD-17		 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable respecto a
la Matriz de Indicadores para Resultados reporte de cierre de los programas 147 Promoción,
Fomento y Difusión de las Diversidades Culturales y Bioculturales y 201 Salvaguarda del
Patrimonio Cultural Material e Inmaterial, se observó que no reportó las metas alcanzadas a

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