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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                          Transparencia y Función Pública, a través del cual, informa al Secretario de las Culturas y
                                                          Artes que, la dependencia a su cargo, ha establecido acciones apegadas a la metodología de
                                                          administración de riesgos.

                                                       •	Oficio SCA/SPE/COCOI/004/2022 de fecha 02 de febrero de 2023, por medio del cual
                                                          la Coordinadora de Control Interno de esa entidad, remite a la Secretaría de Honestidad,
                                                          Transparencia y Función Pública los Lineamientos para el funcionamiento del Grupo de
                                                          Trabajo de administración de Riesgos GTAR 2023, Matriz y mapa, Programa de Trabajo de
                                                          Administración de Riesgos PTAR 2023, y Minuta de conformación del Grupo de Trabajo de
                                                          Administración de Riesgos.

                                                       •	 Minuta de la primera reunión del GTAR 2023.

                                                       •	Oficio SHTFP/SASO/DCIGP/420/2023 de fecha 16 de mayo de 2023, a través del
                                                          cual la Directora de Control Interno de la Gestión Pública de la Secretaría de Honestidad,
                                                          Transparencia y Función Pública remite al Secretario de las Culturas y Artes, el informe de la
                                                          evaluación del reporte de avance trimestral del PTAR.

                                                       •	Cédula de evaluación de Reporte de Avance Trimestral del Programa de Trabajo de
                                                          Administración de Riesgos.

                                                       •	 Plan Institucional de Tecnologías de la Información y Comunicación de la Secretaría de las
                                                          Culturas y Artes 2023

                                                De la revisión y análisis, de la documentación y argumentos presentados, se constató que la Entidad
                                                Fiscalizable respecto al componente “Ambiente de Control”, no presenta evidencia de que haya
                                                implementado la realización de encuestas de clima organizacional donde se identifiquen áreas de
                                                oportunidad para la gestión interna, así como un Programa de Capacitación o actualización que
                                                impulse la eficacia organizacional y el mejor desempeño de sus funciones.

                                                Por lo que esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la
                                                observación. Por lo que se emite:

                                                Recomendación
                                                2022-OA/CPE/03/2023-RE-01
                                                Para que la Secretaría de las Culturas y Artes, antes, Secretaría de las Culturas y Artes de
                                                Oaxaca, realice acciones para que continúe con la implementación de un adecuado y efectivo
                                                sistema de control interno que esté integrado con planes, métodos, programas, políticas y
                                                procedimientos que permita su seguimiento y la mejora continua de la gestión gubernamental,
                                                a fin de proporcionar una seguridad razonable para la consecución de sus metas y objetivos, la
                                                salvaguarda de los recursos públicos y la consolidación de los procesos de rendición de cuentas
                                                y transparencia; informando a esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, las
                                                mejoras realizadas y las acciones emprendidas.

                                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos segundo, capítulo II, sección I, apartado primero,
                                                numeral 3 del Acuerdo por el que se emite las Disposiciones y el Manual Administrativo de
                                                Aplicación General en Materia de Control Interno de la Administración Pública Estatal de
                                                fecha 8 de junio de 2019; numeral 6.4 principio 4 y 6.6 Principio 11 del Acuerdo por el que se
                                                emite el Modelo Estatal del Marco Integrado de Control Interno para el Sector Público del
                                                Estado de Oaxaca de fecha 5 de agosto de 2017; numeral 10 del Acuerdo por el que se emiten
                                                las Reglas de Integridad para Servidoras y Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado
                                                de Oaxaca de fecha 24 de abril de 2019; y artículo 16 del Reglamento Interno de la Secretaría
                                                de las Culturas y Artes de Oaxaca, que a la letra dicen:

                                                          Acuerdo por el que se emite las Disposiciones y el Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Control Interno de la
                                                          Administración Pública Estatal de fecha 8 de junio de 2019

                                                          Artículo segundo, capítulo II, sección I, apartado primero, numeral 3: “Se aplican, al menos una vez al año, encuestas de clima
                                                          organizacional, se identifican áreas de oportunidad, determinan acciones de mejora, dan seguimiento y evalúan sus resultados
                                                          (institucional).”.

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