Page 61 - 010 Instituto del Patrimonio Cultural del Estado de Oaxaca
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Artículo 157. “Las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán registrar en el
           Sistema electrónico que se determine por la Secretaría, los avances que demuestren el cumplimiento de las metas
           comprometidas en los indicadores de las MIR, de conformidad con la frecuencia de medición”.

           Artículo 158. “En el primer trimestre del año, las Dependencias y Entidades responsables de los Programas
           Presupuestarios deberán capturar las metas planeadas de todos los indicadores de la MIR cuya periodicidad sea anual o
           menor, así como de aquellos cuya periodicidad sea mayor a la anual, pero cumpla la meta en el ejercicio vigente”.

RESULTADO: AD-23 CON OBSERVACIÓN

De la revisión y análisis a la Matriz de Indicadores para Resultados del programa 201 “Salvaguarda del patrimonio
cultural material e inmaterial”, contenida en el Reporte de Cierre, se observa que la meta alcanzada registrada
en el punto “7/avance”, del indicador “porcentaje de expresiones y proyectos culturales intervenidos y
rescatados”, difiere en un porcentaje excesivo con la meta programada y actualizada, mostrando que no existió
una reprogramación para la meta actualizada en el transcurso del ejercicio, por lo tanto no acredita los resultados
alcanzados, como se detalla en el cuadro siguiente:

                                              MATRÍZ DE INDICADORES PARA RESULTADOS

                                                                    META      META   META     PORCENTAJE   MEDIO                 DE
                                                                  PROGRA    ACTUALI  ALCAN            DE
PROGRAMA                                                                              ZADA                 VERIFICACIÓN
                                                                    MADA      ZADA           CUMPLIMIENTO
             NIVEL        INDICADOR     MÉTODO DE CÁLCULO                            350.00    ALCANZADO   / FUENTE DE
                                                                             100.00
                                                                                                           INFORMACIÓN

201          Componente   porcentaje    (Número de expresiones
Salvaguarda  Patrimonio   de
del          edificados   expresiones   y proyectos culturales                                             Actas de
patrimonio   con valor    y proyectos                                                                      entrega-
cultural     histórico y  culturales    intervenidos  y                                                    recepción,
material e   artístico    intervenidos                                                                     estimaciones y
inmaterial   preservados  y rescatados  rescatados/ Número de     100.0000                   350%          bitácoras de
                                                                                                           obra
                                        expresiones y proyectos

                                        culturales programados

                                        a intervenir y rescatar)

                                        *100

Incumpliendo con lo establecido en la Ley Estatal de Planeación y Reglamento de la Ley Estatal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que a la letra dicen:

    Ley Estatal de Planeación.

    Artículo 40. “Son objeto de seguimiento y evaluación de desempeño los programas y proyectos que integren el PED y los
    planes del SIEP, independientemente de su fuente de financiamiento. El seguimiento y la evaluación se realizarán con base
    en la recopilación, análisis y reporte de información sobre el cumplimiento de objetivos, indicadores y metas definidos con
    los recursos públicos asignados”.

    Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

    Artículo 7. “Son obligaciones a cargo de las Dependencias y Entidades entre otros, los siguientes:
    a) Titulares de las Dependencias y Entidades:
    III. Vigilar el cumplimiento de los indicadores contenidos en el programa presupuestario a su cargo o del cual participe”.

    Artículo 157. “Las Dependencias y Entidades responsables de los Programas Presupuestarios deberán registrar en el
    Sistema electrónico que se determine por la Secretaría, los avances que demuestren el cumplimiento de las metas
    comprometidas en los indicadores de las MIR, de conformidad con la frecuencia de medición”.

    Artículo 160. “Las metas establecidas para los indicadores podrán ser actualizados por las Dependencias y Entidades en
    el segundo informe trimestral, cuando se detecte que estas pueden ser excedidas o disminuidas derivadas de las
    condiciones sociales o económicas.

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