Page 22 - 012 Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
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AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022      FUENTE DE   PARTIDA                                           EMPRESA                     IMPORTE        PROCESO DE
                                                FINANCIAMIENTO                                                                                PAGADO         ADQUISICIÓN

                                                                                Grupo Nacional de Bienes y Servicios Mexhica`A, S.A. de C.V.  $899,098.60

                                                                                Building Operations de México, S.A. de C.V.                   1,362,322.56
                                                                                Grupo Industrial Keyri, S.A. de C.V.
                                                AACAA0122          Vestuario    Operaciones Nacionales Empresariales, S.A. de C.V.            1,273,069.84           Compra
                                                                Administrativo  Comercial de Bienes Casa Azul, S.A. de C.V.                     605,007.28       Consolidada
                                                                                                                                                 711,620.56   Licitación Pública
                                                                 y de Campo                                                                     234,427.88
                                                                                                                                                                    LPN-SA-
                                                                                Proveedora de Insumos Labaez, S.A. de C.V.                                   SA-0032-08/2022

                                                AACAA0122         Prendas de    Materiales, Ferretería y Pétreos del Valle, S.A. de C.V.      1,559,575.92
                                                                  Protección
                                                                Administrativo
                                                                 y de Campo

                                                                                TOTAL                                                         $6,645,122.64

                                                FUENTE: Documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable.

                                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42 párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero de

                                                la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafos primero, segundo y tercero, y
                                                199 párrafo primero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
                                                Hacendaria, que a la letra dicen:

                                                Ley General de Contabilidad Gubernamental

                                                Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
                                                original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.

                                                Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
                                                comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
                                                establezca el consejo”.

                                                Artículo 67 párrafo primero.- “Los entes públicos deberán registrar en los sistemas respectivos, los documentos justificativos y
                                                comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado, en
                                                términos de las disposiciones que emita el consejo”.

                                                Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                Artículo 186 párrafos primero, segundo y tercero. “El ejercicio del gasto público deberá soportarse con la documentación original
                                                comprobatoria y justificativa.
                                                Los documentos justificativos son todos aquellos documentos legales y administrativos que determinan y demuestran fehacientemente que el
                                                Ejecutor del gasto cumplió con las disposiciones legales aplicables así como las relativas al gasto.
                                                Entre los documentos justificativos se encuentran los convenios, acuerdos, anexos que se suscriban con instancias federales, estatales o
                                                municipales, acuerdos de los Comités o subcomités de adquisiciones según sea el caso, contratos, solicitudes, requisiciones, bitácoras de
                                                mantenimiento de transporte y maquinaria, bitácoras de combustible, expedientes técnicos y unitarios relacionados con la obra pública,
                                                proyectos productivos y de fomento, entre otros”.

                                                Artículo 199 párrafo primero. “El registro de las operaciones contables y patrimoniales que lleve a cabo la Unidad de administración de
                                                la Dependencia o Entidad deberá estar respaldado por los documentos originales comprobatorios y justificativos que autentifiquen las
                                                operaciones de ingresos y gastos, o en su caso de las que afecten el patrimonio o la hacienda pública”.

                                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió al Sistema
                                                Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado antes Servicios de Agua Potable y
                                                Alcantarillado de Oaxaca, justificara o aclarara, conforme a las observaciones que se detallan en
                                                este Resultado y presentara dentro del plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la
                                                Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información
                                                y documentación que demuestre las acciones realizadas tendientes a solventar la observación
                                                determinada.

                                                Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1778/2023, se notificó el día 14 de septiembre de 2023,
                                                los Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa entidad fiscalizable en un

                                                plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                El Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado antes Servicios
                                                de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
                                                mediante oficio número SOAPA/DG/0471/2023 de fecha 05 de octubre de 2023, como consta
                                                en el acta circunstanciada de fecha 06 de octubre del 2023, presentó Cédula de Solventación de
                                                Observaciones en el cual manifiesta lo siguiente:

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