Page 21 - 012 Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
P. 21
AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA
Los servidores públicos estarán impedidos para fraccionar la contratación de bienes y servicios con el objeto de modificar el proceso de INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022
adjudicación que corresponda, según la necesidad anual.
Se estará en presencia de fraccionar cuando se divida en partes operaciones respecto de una necesidad previsible, permanente, continua
o periódica con el propósito de evadir los procedimientos normales u ordinarios de contratación prevista en la Ley para Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca.
No se considerará fraccionada la adquisición de bienes o servicios cuando: a) Estando acreditada la necesidad en la etapa de planeación,
Administración o la Secretaría, restrinja la cantidad a contratar por no contar con la disponibilidad financiera correspondiente; b) Con
posterioridad a la aprobación del plan anual de contrataciones, surja la necesidad extraordinaria e imprevisible adicional a lo programado, y
La contratación se efectúe dentro del supuesto señalado en el artículo 50 de la Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado
de Oaxaca”.
Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022
Artículo 98. “Los Ejecutores de gasto, para la adquisición de bienes y servicios deberán observar las modalidades de contratación,
atendiendo a los montos de los rangos mínimos y máximos siguientes:”
A través de sus Unidades de Administración Rangos (Pesos)
a) Compra directa menor Mínimo Máximo
Con la autorización de los Sub-Comités de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las Entidades y
Dependencias Estatales. 0.01 30,000.00
a) Adjudicación directa, obteniendo como mínimo tres cotizaciones de proveedores que se encuentren inscritos
y vigentes en el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal; con las cotizaciones obtenidas se 30,000.01 60,000.00
deberá elaborar un cuadro comparativo que permita hacer un análisis de acuerdo con los criterios establecidos
en el artículo 11 de la Ley de Adquisiciones. El cuadro comparativo deberá contar con sello y firma del titular de 60,000.01 320,000.00
la Unidad de administración para su validez.
b) Invitación restringida 320,000.01 2,900,000.00
Con autorización del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de 2,900,000.01 40,000,000.00
Oaxaca. 40,000,000.01
a) Invitación Abierta Estatal En adelante
b) Licitación Pública Estatal
c) Licitación Pública Nacional o Internacional
Los montos establecidos deberán considerarse sin incluir el importe del Impuesto al Valor Agregado.
RESULTADO: AF-10 CON OBSERVACIÓN
De la revisión y análisis a la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizable, relativa a las
partidas “Vestuario Administrativo y de Campo” y “Prendas de Protección Administrativo y
de Campo”, ejercidas con recursos provenientes de la fuente de financiamiento AACAA0122
Reasignación por Ley de Derechos, por un importe total de $6,645,122.64 (Seis millones
seiscientos cuarenta y cinco mil ciento veintidós pesos 64/100 M.N.), bajo la modalidad
de Compras Consolidadas llevadas a cabo por el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, se observó que no presentó el expediente de la
Licitación Pública LPN-SA-SA-0032-08/2022, como se detalla a continuación:
19