Page 20 - 012 Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado
P. 20

INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                Pliego de Observaciones
                                                2022-OA/CPE/12/2023-PO-04
                                                Se le requiere al Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado antes
                                                Servicios de Agua Potable y Alcantarillado de Oaxaca, presente ante esta Auditoría Superior de
                                                Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, aclare o reintegre, el importe
                                                de $975,461.94 (Novecientos setenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y un pesos 94/100
                                                M.N.), relativo a lo siguiente:

                                                En la partida “Productos Minerales No Metálicos”, ejercida con recursos provenientes de la
                                                fuente de financiamiento AACAA0122 Reasignación por Ley de Derechos; se observó que se
                                                realizaron compras fraccionadas bajo la modalidad de Compra Directa Menor, por un importe total
                                                de $975,461.94 (Novecientos setenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y un pesos 94/100
                                                M.N.), incumpliendo con los procedimientos normales u ordinarios de contratación previstos en la
                                                Ley para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, no obstante, de acuerdo
                                                a los oficios presentados, se contaba con disponibilidad financiera para esta partida por un importe
                                                de $3,613,198.61 (Tres millones seiscientos trece mil ciento noventa y ocho pesos 61/100 M.N.);
                                                como se detalla en el Anexo DAE-AF-05-SEG-05.

                                                               OFICIO DE AUTORIZACIÓN                           PRESUPUESTO      AMPLIACIONES
                                                                                                                  APROBADO     AL PRESUPUESTO
                                                                                                                       2022    APROBADO 2022

                                                    Oficio SF/SECyT/7834/2021 de fecha 29 de diciembre de 2021  3,337,841.16

                                                    SAPAO/DG/0135/2022 de fecha 7 de marzo de 2022                             134,857.45

                                                    SF/SECyT/DP/CPIP/ME/0804/2022 de fecha 10 de marzo de 2022                 118,500.00

                                                    SAPAO/DG/0212/2022 de fecha 22 de abril de 2022                            22,000.00

                                                    SUB-TOTAL                                                   $3,337,841.16  $275,357.45

                                                    TOTAL DISPONIBLE                                                           $3,613,198.61

                                                    FUENTE: Oficios presentados por la Entidad Fiscalizable.

                                                Incumpliendo con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                                                Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado
                                                de Oaxaca, artículos 28 fracciones I, II, III, IV, V, VI y VII; Reglamento de la Ley Estatal de
                                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, artículo 102 incisos a), b), c) y d); y Presupuesto de
                                                Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2022, artículo 98, que a la letra dicen:

                                                        Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del
                                                        Estado de Oaxaca

                                                        Artículo 28. “El Comité y los Sub-Comités, bajo su responsabilidad, llevarán a cabo los procedimientos para la contratación de adquisiciones,
                                                        arrendamientos y servicios, de acuerdo con los rangos que prevea el Presupuesto de Egresos del Estado y bajo las siguientes modalidades:
                                                        I.- Compra directa menor;
                                                        II. Adjudicación directa;
                                                        III. Invitación restringida;
                                                        IV. Invitación abierta estatal;
                                                        V. Licitación pública estatal;
                                                        VI. Licitación pública nacional, y
                                                        VII. Licitación pública internacional”

                                                        Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

                                                        Artículo 102. “El titular de la Unidad de administración, así como los responsables de realizar los procesos de contratación previstos en la Ley
                                                        para Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Estado de Oaxaca, deberán observar lo siguiente:
                                                        a.	 Los rangos mínimos y máximos para la adjudicación de bienes y servicios que se apruebe en el Presupuesto de Egresos del Estado
                                                        para cada ejercicio fiscal;
                                                        b.	 Considerar los rangos señalados en el inciso anterior, antes de calcular las contribuciones correspondientes;
                                                        c.	 Contar con disponibilidad presupuestaria en la partida y en el mes, bimestre o trimestre autorizado en el calendario de egresos
                                                        para la contratación, y
                                                        d.	 Cumplir con las disposiciones emitidas por Administración y Contraloría según sea el caso.

                                                18
   15   16   17   18   19   20   21   22   23   24   25