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INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022                                                  AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA

                                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, le requirió a la
                                                Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad antes Secretaría del
                                                Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, justificara, aclarara o reintegrara el importe
                                                de $4,014,383.80 (Cuatro millones catorce mil trescientos ochenta y tres pesos 80/100
                                                M.N.), conforme a las observaciones que se detallan en este Resultado y presentara dentro del
                                                plazo establecido en el artículo 22 segundo párrafo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
                                                de Cuentas para el Estado de Oaxaca, toda la información y documentación que demuestre las
                                                acciones realizadas tendientes a solventar la observación determinada.

                                                Mediante oficio número ASFE/OT/AEFE/1749/2013, se notificó el día 30 de agosto de 2023, los
                                                Resultados Finales y Observaciones Preliminares, a efecto de que esa Entidad Fiscalizable en un
                                                plazo de 10 días hábiles, presentara las justificaciones y aclaraciones correspondientes.

                                                La Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad antes Secretaría del
                                                Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, en el proceso de aclaraciones y justificaciones,
                                                mediante oficio número MEDIOAMBIENTE/OS/1809/2023 de fecha 20 de septiembre de 2023,
                                                como consta en el acta circunstanciada de fecha 21 de septiembre 2023, presentó diversa
                                                información y documentación, no obstante, respecto a este Resultado en particular, la Entidad
                                                Fiscalizable no entregó ningún tipo de documentación, argumentos o información, por lo que esta
                                                Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, determina que subsiste la observación.
                                                Por lo que se emite:

                                                Pliego de Observaciones
                                                2022-OA/CPE/05/2023-PO-02
                                                Se le requiere a la Secretaría de Medio Ambiente, Biodiversidad, Energías y Sostenibilidad
                                                antes Secretaría del Medio Ambiente, Energías y Desarrollo Sustentable, presente ante esta
                                                Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que justifique, aclare o
                                                reintegre la cantidad de $4,014,383.80 (Cuatro millones catorce mil trescientos ochenta y tres
                                                pesos 80/100 M.N.), relativo a lo siguiente:

                                                De la partida “Otros Servicios”, ejercida con recursos provenientes de la fuente de financiamiento
                                                AALAA0122 Asignación para Funcionamiento, por un importe de $4,014,383.80 (Cuatro
                                                millones catorce mil trescientos ochenta y tres pesos 80/100 M.N.), autorizada mediante
                                                los oficios números SF/SECyT/DP/CPI/ME/1437/2022, SF/SECyT/DP/CPIP/ME/2364/2022
                                                y SF/SECyT/DP/CPIP/ME/3647/2022, de fechas 08 de abril de 2022, 30 de mayo de 2022
                                                y 02 de agosto de 2022, respectivamente; se constató que se autorizó el establecimiento
                                                y operación de centros de verificación vehicular en el Estado de Oaxaca, con base en las
                                                convocatorias SEMAEDESO/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/01/2020 y SEMAEDESO/SCCRNB/DCCDS/
                                                DCAVV/01/2021, publicadas en el Extra Periódico Oficial del Gobierno del Estado, en fechas 19 de
                                                noviembre de 2020 y 10 de noviembre de 2021, respectivamente.
                                                Derivado de lo anterior, se observa que no presentó la siguiente documentación justificativa que a
                                                continuación se detalla:

                                                 1.	 Bases de participación de la convocatoria SEMAEDESO/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/01/2020,
                                                       con su anexo (Lineamientos).

                                                 2.	 Solicitudes para obtener la autorización para establecer y operar centros de verificación.

                                                 3.	 Expedientes de las autorizaciones para establecer y operar Centros de Verificación Vehicular,
                                                       detallados en el Anexo DAE-AF-01-SEG-01

                                                 4.	 Continuación de operaciones para el ejercicio 2022 de los Centros de Verificación Vehicular,
                                                       conforme a las Autorizaciones de fecha 17 de diciembre de 2020, enlistadas a continuación:
                                                       •	 No. AUTORIZACIÓN: 02/2020

                                                       •	 No. AUTORIZACIÓN: 17/2020

                                                       •	 No. AUTORIZACIÓN: 18/2020

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