Page 25 - 05 Secretaria de Medio Ambiente
P. 25

AUDITORÍA SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE OAXACA                                                                        INFORME INDIVIDUAL CUENTA PÚBLICA ESTATAL 2022

       •	 No. AUTORIZACIÓN: 01/2020

       •	 No. AUTORIZACIÓN: 19/2020

       •	 No. AUTORIZACIÓN: 03/2020

5.	 Reporte semanal de las verificaciones correspondientes al ejercicio 2022, realizadas por los
      Centros de Verificación Vehicular, detallados en el Anexo DAE-AF-01-SEG-01

6.	 Programa Obligatorio Estatal de Verificación Vehicular vigente para el ejercicio 2022.

En consecuencia, al no presentar la totalidad de la documentación señalada, la Entidad Fiscalizable
no comprueba el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases de participación de
las convocatorias para obtener la autorización para establecer y operar un centro de verificación
vehicular en el Estado de Oaxaca; y de la misma manera, no acredita contar con los elementos
necesarios para realizar la revisión física de la existencia de los centros de verificación y el
cumplimiento de las especificaciones técnicas autorizadas para la debida operación de los mismos.

Incumpliendo con lo establecido en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, artículos 42
párrafo primero, 43 y 67 párrafo primero; Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
para el Estado de Oaxaca, artículos 142 y 143; Ley Estatal de Derechos de Oaxaca, artículo
42 A fracción II inciso b); Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, artículos 186 párrafos primero y segundo, y 199 párrafo primero; Autorización:
02/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/003/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020, Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
17/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/005/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020, Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
18/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/006/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020, Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
01/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/09/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020, Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
19/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/010/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020 Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
03/2020 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/011/2020 de
fecha 17 de diciembre de 2020, Resolutivo SEXTO y NOVENO Condicionante XIV; Autorización:
04/2022 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/01/2021
de fecha veintidós de febrero de 2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XII; Autorización:
005/2022 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/02/2021
de fecha veintidós de febrero de 2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XII; Autorización:
006/2022 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/04/2021
de fecha veintidós de febrero de 2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XII; Autorización:
007/2022 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/05/2021
de fecha veintidós de febrero de 2022 Resolutivo NOVENO Condicionante XII; Autorización:
001/2022 del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/19/2021 de
fecha 26 de enero de 2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XIII; Autorización: 002/2022
del N° DE EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/003/2021 de fecha 26
de enero de 2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XIII; Autorización: 003/2022 del N° DE
EXP. 2S.5.1/SEMAEDESO/SP/SCCRNB/DCCDS/DCAVV/15/2021 de fecha 26 de enero de
2022, Resolutivo NOVENO Condicionante XIII, que a la letra dicen:

         Ley General de Contabilidad Gubernamental.

         Artículo 42 párrafo primero.- “La contabilización de las operaciones presupuestarias y contables deberá respaldarse con la documentación
         original que compruebe y justifique los registros que se efectúen”.

         Artículo 43.- “Los entes públicos estarán obligados a conservar y poner a disposición de las autoridades competentes los documentos,
         comprobatorios y justificativos, así como los libros principales de contabilidad, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto
         establezca el consejo”.

                                                                                                                                                                             23
   20   21   22   23   24   25   26   27   28   29   30