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INFORME FINAL DE AUDITORÍA  • No presentó resolutivo en materia de impacto ambiental.                                                                        De la revisión y análisis a la información, documentación y argumentos presentados por la
                            • No presentó la memoria de cálculo.                                                                                             Entidad Fiscalizable, esta resulta suficiente; por lo anterior, esta Auditoría Superior de
                            • No presentó la memoria descriptiva.                                                                                            Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como solventada la observación.
                            • No presentó la validación del proyecto por la dependencia normativa.
                            • No presentó responsiva del Director Responsable de Obra (D.R.O.)                                                               El siguiente resultado AC-08 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            • No presentó las especificaciones generales y particulares de construcción.                                                     transcribe a continuación:

                            Contratación                                                                                                                     RESULTADO: AC-08  CON OBSERVACIÓN
                            • No presentó tarjetas de análisis de precios unitarios extraordinarios y croquis de ubicación de los conceptos.
                            • No presentó el cronograma de obra modificado.                                                                                  Del análisis y revisión a las respuestas y documentación presentada por la Entidad Fiscalizable relativa al Cuestionario
                                                                                                                                                             de Control Interno respecto a los cinco componentes del Modelo COSO, se determinó que obtuvo un puntaje de 82
                            Incumpliendo con los establecido en los artículos 42 párrafo primero y 43 de la Ley General de Contabilidad                      puntos sobre un total de 100 que conforman los valores de los 5 componentes del Control Interno; lo que ubica a la
                            Gubernamental; 4 fracción IV, 18, 19 párrafo segundo, 20, 21, 59, 68 y 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios                Secretaría de Infraestructuras y Comunicaciones en un nivel alto, observando que existen áreas de oportunidad que
                            Relacionados con las Mismas; 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; 20, 22, 26, 31           requieren atención para fortalecer su Sistema de Control Interno Institucional, como se detalla a continuación:
                            fracción XXI, 38, 52 y 66 fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados del Estado de Oaxaca; 33 y 34
                            de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente para el Estado de Oaxaca; 116, 118 fracción II, 152 y 197 de la Ley  Ambiente de Control
                            de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de Oaxaca; 99, 101, 102, 133 y 166 fracción VII del               La Entidad Fiscalizable no presentó evidencia de contar con las actas de la tercera sesión del Subcomité de
                            Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; y 280 del Reglamento de Construcción             Adquisiciones; de la tercera y cuarta sesión ordinaria del Comité de ética y Prevención de Conflictos de Interés; de la
                            y Seguridad Estructural para el Estado de Oaxaca.                                                                                tercera y cuarta sesión ordinaria del Comité de Control Interno; de la tercera y cuarta sesión ordinaria del Comité de
                                                                                                                                                             Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas.
                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente acción:
                                                                                                                                                             Administración de Riesgos
                            Solicitud de Aclaración:                                                                                                         La Entidad Fiscalizable presentó el Programa de Trabajo de Administración de Riesgos 2024, sin embargo, no mostró
                            2023-OA/CPE/02/2024-SA-03                                                                                                        evidencia de que en el ejercicio en revisión se hayan identificado y evaluados los riesgos asociados con el cumplimiento
                            Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la documentación que             de los objetivos y metas institucionales, incluidos los riesgos de corrupción, abusos y fraudes potenciales, las acciones
                            justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en este resultado.”                                                determinadas para su tratamiento y los responsables de su ejecución; así mismo, no cuenta con un documento por el
                                                                                                                                                             cual se informe periódicamente al titular, la situación que guardan los riesgos identificados, que pudieran afectar el
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación en copias certificadas para                                          cumplimiento de los objetivos institucionales.
                            atender el resultado antes transcrito, como se detalla a continuación:
                                                                                                                                                             Actividades de Control
                            Documentación correspondiente al presupuesto de obra o acción, calendario de ejecución,                                          La Entidad Fiscalizable no mostró evidencia de que cuente con actividades de control desarrolladas mediante el uso
                            generadores de obra, acreditación de tenencia de la tierra. Además, presenta oficio No.                                          de las TIC´s.
                            SIOTS/SSOP/387/2022 de fecha 20/10/2022, oficio ref.: OAX-066/21 de fecha 19/11/2021 con
                            asunto: envió de autorización de subdivisión y plano, oficio de licencia de subdivisión No.                                      Información y Comunicación
                            039/2021 de fecha 08/11/2022; los cuales justifican la licencia de construcción. Dictamen de                                     La Entidad Fiscalizable no presentó evidencia de la designación del responsable en materia de Transparencia y Acceso
                            factibilidad, oficio No. SGPA/DGIRA/DG-03774-22; acreditando el resolutivo en materia de                                         a la Información Pública.
                            impacto ambiental, memoria de cálculo, memoria descriptiva, oficio No.
                            SIOTS/SSOP/DEP/OPT/PII/0602/2022 de fecha 09/11/2022 que contiene la validación del                                              Supervisión
                            proyecto por la dependencia normativa, responsiva del director Responsable de Obra                                               La Entidad Fiscalizable no utiliza los resultados de las auditorías para retroalimentar a cada uno de los responsables y
                            (D.R.O.), especificaciones generales y particulares de construcción, tarjetas de análisis de                                     mejorar el proceso, ni cuentan con un plan de acción para reducir la recurrencia de observaciones emitidas por las
                            precios unitarios extraordinarios y croquis de ubicación de los conceptos, programa de                                           instancias fiscalizadoras; de igual manera, no llevan a cabo evaluaciones del Control Interno de los procesos sustantivos
                            erogaciones de la ejecución general de los trabajos el cual justifica el cronograma de obra                                      y administrativos por parte del Titular y la Administración, la Secretaría o de una Instancia independiente para
                            modificado.                                                                                                                      determinar la suficiencia y efectividad de los controles establecidos.

                                                                                                                                                             En razón de lo expuesto, la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera que la Entidad Fiscalizable
                                                                                                                                                             no ha realizado acciones para la implementación de un Sistema de Control Interno que contribuyan a fortalecer sus

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