Page 14 - Nejapa de Madero
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA catorce mil cuatrocientos noventa y un pesos 41/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
en este resultado.” Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del
Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
(…)
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado acción:
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
Pliego de Observaciones.
Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, respecto al
importe observado de $114,491.41 (Ciento catorce mil cuatrocientos noventa y un pesos 2023-OA/CPM/019/2024-PO-09
41/100 M.N.), solventó la cantidad de $41,798.02 (Cuarenta y un mil setecientos noventa y
ocho pesos 02/100 M.N.), en consecuencia, la cantidad de $72,693.39 (Setenta y dos mil Se le requiere que presente, ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
seiscientos noventa y tres pesos 39/100 M.N.) queda observada, como se detalla en el documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $107,153.27 (Ciento siete
ANEXO DAM-FC-07-SOL-08. mil ciento cincuenta y tres pesos 27/100 M.N.), conforme a las observaciones detalladas en este
resultado.”
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de (…)
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como solventado parcialmente el resultado AF-10. Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; sin embargo, la
documentación presentada no justificó ni aclaró todas las observaciones transcritas
El siguiente resultado AF-11 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se anteriormente en cantidad de $107,153.27 (Ciento siete mil ciento cincuenta y tres pesos
transcribe a continuación: 27/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08-SOL-09.
(…) CON OBSERVACIÓN Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca;
“RESULTADO: AF-11 28 párrafos primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
De la revisión a la sub-subcuenta 51241–2491 PRODUCTOS DE PINTURA Y RECUBRIMIENTOS, se del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el
constató que la entidad fiscalizable afectó al Presupuesto de Egresos en cantidad de $107,153.27 Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto
(Ciento siete mil ciento cincuenta y tres pesos 27/100 M.N.), observándose que los registros y Responsabilidad Hacendaria.
contables y presupuestarios no se encuentran soportados con la documentación justificativa del
gasto, relativa al procedimiento de contratación en donde garantice al municipio las mejores Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
circunstancias pertinentes; la autorización correspondiente; la constancia de recepción y la evidencia concluyendo como no solventado el resultado AF-11.
del uso o destino de los productos, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-08.
El siguiente resultado AF-12 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de transcribe a continuación:
Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos
primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
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