Page 9 - San Carlos Yautepec
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Incumpliendo con lo establecido en los artículos 8 Párrafo primero y párrafo segundo y 13                    La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                  INFORME FINAL DE AUDITORÍA
fracción I, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios;                transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
y 129 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                    Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación y resguardos
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                            de los bienes debidamente firmados por el servidor público resguardante, presentó
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-03.                                                          información y documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01-SOL; sin embargo,
                                                                                                             no presentó la justificación de la excepción a la licitación; por lo cual, la documentación
El siguiente Resultado: AF-04 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                   presentada resulta insuficiente para solventar las observaciones emitidas en cantidad de
se transcribe a continuación:                                                                                $345,826.20 (Trecientos cuarenta y cinco mil ochocientos veintiséis pesos 20/100 M.N.).

(…)                                                                                                          Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43 y 70 fracción I de la Ley General de
                                                                                                             Contabilidad Gubernamental; 28, párrafo primero, segundo y último de la Ley de
“RESULTADO: AF-04  CON OBSERVACIÓN                                                                           Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración
                                                                                                             de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 de la Presupuesto de Egresos del
De la revisión a la documentación presentada por el H. Ayuntamiento del Municipio de San Carlos              Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023
Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, se constató que afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad
de $367,233.20 (Trescientos sesenta y siete mil doscientos treinta y tres pesos 20/100 M.N.) respecto a      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
la subcuenta 12419 OTROS MOBILIARIOS Y EQUIPOS DE ADMINISTRACIÓN, sub-subcuenta 12419-5190100018             insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
EQUIPO C2 HIKVISION 12 MEGAPÍXELES, sub-subcuenta 12419-5190100019 ENFRIADOR VERTICAL DE 1 PUERTA            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-04.
DE CRISTAL, CAPACIDAD DE 12 PIES, MEDIDAS (FRENTE, FONDO, ALTO) VOLT, PUERA DE ALTA EFICIENCIA LOW-E
ILUMINACIÓN LED y sub-subcuenta 12419-5190100020 EQUIPO C2 HIKVISION 12 MEGAPÍXELES; observando              El siguiente Resultado: AF-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación             se transcribe a continuación:
justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación, en donde garanticen al municipio, las mejores
condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
circunstancias pertinentes y los resguardos de dichos bienes debidamente firmados por el servidor
público resguardante, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-01.

Incumpliendo con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67,   (…)                CON OBSERVACIÓN
70 Fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Oaxaca; 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios         “RESULTADO: AF-05
y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89 del Presupuesto de
Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                  De la revisión a la Balanza de Comprobación Detalla del 01 de enero al 31 de diciembre del 2023 y a los
                                                                                                             registros contables y presupuestarios, respecto a la cuenta 124 BIENES MUEBLES, se constató que el H.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                    Ayuntamiento del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, realizó la baja de
                                                                                                             bienes muebles específicamente de las sub cuentas: 12413 EQUIPO DE CÓMPUTO Y DE TECNOLOGÍAS DE
Pliego de observaciones:                                                                                     LA INFORMACIÓN, 12421 EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES, 12441 VEHÍCULOS Y EQUIPO TERRESTRE, 12449
                                                                                                             OTROS EQUIPOS DE TRANSPORTE, 12463 MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN, en cantidad de
2023-OA/CPM/033/2024-PO-03                                                                                   $826,488.68 (Ochocientos veintiséis mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos 68/100 M.N.); Observando
                                                                                                             que no presentó el programa anual para disposición final de bienes, previo al dictamen de no utilidad,
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la           lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-02.
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $367,233.20 (Trescientos
sesenta y siete mil doscientos treinta y tres pesos 20/100 M.N.), conforme a la observación detallada en     Incumpliendo con lo establecido en los Lineamientos dirigidos a Asegurar que el Sistema de
este resultado.”                                                                                             Contabilidad Gubernamental facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e
                                                                                                             inmuebles de los Entes Públicos, numeral D.1.3 Disposición Final y Baja de Bienes; Acuerdo por el que se
(…)                                                                                                          emiten las Reglas Específicas de Registro y Valoración del Patrimonio, emitidos por el Consejo Nacional
                                                                                                             de Armonización Contable, numerales 9 Diferencias obtenidas de la conciliación física-contable y de

                                                                                                                                                                                                                       7
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