Page 11 - San Carlos Yautepec
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La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado antes                 Una vez vencido el plazo otorgado en el informe preliminar de auditoría, la entidad                             INFORME FINAL DE AUDITORÍA
transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                              fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
                                                                                                            transcrito, en cantidad de $1,666,343.67 (Un millón seiscientos sesenta y seis mil
Respecto de la cancelación de la documentación comprobatoria del gasto con la leyenda                       trescientos cuarenta y tres pesos 67/100 M.N.), como se detalla en el ANEXO DAM-FC-03-
operado, presentó documentación cancelada con la leyenda operado; la cual resulta                           SOL, no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización
suficiente para solventar la recomendación emitida.                                                         Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas
                                                                                                            las observaciones realizadas.

Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                   Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67, 70 fracciones I y II de la Ley
suficiente la documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como                          General de Contabilidad Gubernamental; 26 primer párrafo y fracción I, 29, 29-A y 32-G
solventado el Resultado: AF-07.                                                                             fracción I del Código Fiscal de la Federación; y 86 fracción V, 96 y 99 fracciones I y III de la
                                                                                                            Ley del Impuesto Sobre la Renta.
El siguiente Resultado: AF-08 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
se transcribe a continuación:                                                                               Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye como
                                                                                                            no solventado el Resultado: AF-08.
         (…)

“RESULTADO: AF-08         CON OBSERVACIÓN

De la revisión a la sub-subcuenta 51111 – 1132 SUELDO AL PERSONAL DE CONFIANZA; se constató que H.          El siguiente Resultado: AF-09 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Ayuntamiento del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, afectó el                  se transcribe a continuación:
Presupuesto de Egresos la cantidad de $1,666,343.67 (Un millón seiscientos sesenta y seis mil trescientos
cuarenta y tres pesos 67/100 M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios, no se         (…)                CON OBSERVACIÓN
encuentran respaldados con la documentación comprobatoria y justificativa del gasto, relativa a los
Comprobantes Fiscales Digitales por Internet, debidamente firmados por cada trabajador,                     “RESULTADO: AF-09
documentación que justifique el costo de la nómina, donde consigne el salario percibido por concepto
de servicios personales, los días trabajados, las percepciones y deducciones correspondientes y en su       De la revisión a la sub-subcuenta 51211 - 2111 MATERIAL PARA OFICINA, se constató que H. Ayuntamiento
caso los controles de asistencia del personal debidamente firmados, realizados durante el ejercicio         del Municipio de San Carlos Yautepec, Distrito de Yautepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos
fiscal 2023, lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-AF-03.                                             en cantidad de $419,470.22 (Cuatrocientos diecinueve mil cuatrocientos setenta mil pesos 22/100 M.N.),
                                                                                                            observando que Los registros contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la
Incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos        documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente conforme a
Mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 26 primer      la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en
párrafo y fracción I, 29, 29-A y 32-G fracción I del Código Fiscal de la Federación; y 86 fracción V, 96 y  cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo,
99 fracciones I y III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.                                                no presentó evidencia del destino de los materiales adquiridos y documentación comprobatoria en
                                                                                                            cantidad de $83,412.12 (Ochenta y tres mil cuatrocientos doce pesos 12/100 M.N.), relativa a los
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                   comprobantes fiscales digitales por internet; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-04.

Pliego de observaciones:                                                                                    Incumpliendo con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
                                                                                                            Mexicanos; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 42, 43, 67, 70 fracciones I y II de la Ley General
2023-OA/CPM/033/2024-PO-05                                                                                  de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la          párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 28 de
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,666,343.67 (Un millón         la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
seiscientos sesenta y seis mil trescientos cuarenta y tres pesos 67/100 M.N.), conforme a la observación    Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; y 88 y 89 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
detallada en este resultado.”                                                                               para el Ejercicio Fiscal 2023.

(…)

                                                                                                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:

                                                                                                                                                                                                                         9
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