Page 16 - San Dionisio Ocotepec
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El siguiente Resultado: AF-15 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                        Pliego de observaciones:
                            se transcribe a continuación:
                                                                                                                                                              2023-OA/CPM/035/2024-PO-10
INFORME FINAL DE AUDITORÍA      (…)                           CON OBSERVACIÓN
                                                                                                                                                              Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                “RESULTADO: AF-15                                                                                                             documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $40,505.22 (Cuarenta
                                                                                                                                                              mil quinientos cinco pesos 22/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                                De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2462 MATERIAL PARA INSTALACIONES DE
                                TELECOMUNICACIONES Y RADIOFÓNICAS, se constató que la entidad fiscalizable afectó el                                          (…)
                                Presupuesto de Egresos en cantidad de $40,505.22 (Cuarenta mil quinientos cinco pesos 22/100
                                M.N.); observando que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con                              La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente,                                antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                                conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones
                                disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias                                   Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                                pertinentes, como se detalla a continuación:                                                                                  correspondiente; presentó oficios de solicitud y autorización del gasto para la instalación de
                                                                                                                                                              una antena repetidora y cotizaciones; los cuales resultan suficientes para solventar las
                                            PÓLIZA DE DIARIO                          PÓLIZA DE EGRESO                       FUENTE DE          CAJA          observaciones emitidas.
                                                                                             FECHA                      FINANCIAMIENTO           40,505.22
                                NÚMERO      FECHA             IMPORTE     NÚMERO                        IMPORTE                                $40,505.22
                                002945                                     001088         31/07/2023       40,505.22    PARTICIPACIONES
                                 TOTAL      31/07/2023        40,505.22                                                     (RAMO 28) -
                                                                                                        $40,505.22
                                                                                                                      RECURSOS FEDERALES

                                                              $40,505.22                                                                                      Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                                                                                                                                                              suficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                                Continúa a la derecha…                                                                                                        como solventado el Resultado: AF-15.

                                                                          COMPROBANTE                                                            IMPORTE
                                                                                                                                               OBSERVADO
                                   FECHA         NÚM.         PROVEEDOR   IMPORTE                       CONCEPTO                                              El siguiente Resultado: AF-16 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                25/07/2023                                                                                                         40,505.22  se transcribe a continuación:
                                             F214DCC7-           OSCAR                ANTENA SECTORIAL PARA RADIO ESTACIONES BASE AIRMAX DE
                                            9AB8-4576-           ORTEGA                                                                         $40,505.22
                                                               SANTIAGO               120 GRADOS DE COBERTURA HORIZONTAL, 5 GHZ DE 19 DBI;
                                                 8971-
                                            10C1E16AB8FA                  40,505.22 RADIO ESTACIÓN BASE AIRMAX AC LITE HASTA 500 MBPS, 5 GHZ;

                                                                                      KIT DE TORRE ARRIOSTRADA DE PISO DE 12 M ALTURA CON

                                                                                      TRAMO STZ30 GALVANIZADO ELECTROLÍTICO…                                  (…)

                                                                          $40,505.22                                                                          “RESULTADO: AF-16

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos                                           CON OBSERVACIÓN
                                Mexicanos; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley
                                Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero, segundo y último de la Ley de                                   De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2471 MATERIALES METÁLICOS PARA LA CONSTRUCCIÓN, se
                                Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes                              constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $172,846.00
                                Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de                             (Ciento setenta y dos mil ochocientos cuarenta y seis pesos 00/100 M.N.); observando que los
                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca                                registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación
                                para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                                                justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la
                                                                                                                                                              normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente                         cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo,
                                acción:                                                                                                                       no presentó evidencia del destino de los materiales y servicios contratados, como se detalla en el
                                                                                                                                                              ANEXO DAM-FC-06.

                                                                                                                                                              Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
                                                                                                                                                              Mexicanos; 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley
                                                                                                                                                              Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero, segundo y último y 29 de la Ley de
                                                                                                                                                              Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes
                                                                                                                                                              Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de

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