Page 20 - San Dionisio Ocotepec
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Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes El siguiente Resultado: AF-21 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de se transcribe a continuación:
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
INFORME FINAL DE AUDITORÍA para el Ejercicio Fiscal 2023. (…) CON OBSERVACIÓN
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente “RESULTADO: AF-21
acción:
De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que la entidad
Pliego de observaciones: fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $346,947.48 (Trescientos cuarenta y
seis mil novecientos cuarenta y siete pesos 48/100 M.N.); observando que los registros contables y
2023-OA/CPM/035/2024-PO-15 presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $203,137.95 financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó la evidencia
(Doscientos tres mil ciento treinta y siete pesos 95/100 M.N.), conforme a la observación detallada del destino de los uniformes adquiridos y/o recepción por parte del personal beneficiado registrado
en este resultado.” en la plantilla de personal del Municipio, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10.
(…) Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero, segundo y último y 29 de la
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente: Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
correspondiente y documento de control de mantenimiento; presentó información y de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09-SOL, de la que se advierten
inconsistencias; por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
solventar las observaciones emitidas en cantidad de $203,137.95 (Doscientos tres mil acción:
ciento treinta y siete pesos 95/100 M.N.).
Pliego de observaciones:
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley
General de Contabilidad Gubernamental; 28 párrafos primero, segundo y último de la Ley 2023-OA/CPM/035/2024-PO-16
de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $346,947.48
Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos (Trescientos cuarenta y seis mil novecientos cuarenta y siete pesos 48/100 M.N.), conforme a la
del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. observación detallada en este resultado.”
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera (…)
insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
concluyendo como no solventado el Resultado: AF-20. La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
correspondiente y la evidencia del destino de los uniformes adquiridos y/o recepción por
parte del personal beneficiado; presentó información y documentación como se detalla en
el ANEXO DAM-FC-10-SOL, de la cual se advierten inconsistencias; asimismo, no presentó la