Page 20 - San Dionisio Ocotepec
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Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes       El siguiente Resultado: AF-21 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                        Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de      se transcribe a continuación:
                                        Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca
INFORME FINAL DE AUDITORÍA              para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                         (…)                       CON OBSERVACIÓN

                                        Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente  “RESULTADO: AF-21
                                        acción:
                                                                                                                                               De la revisión a la sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que la entidad
                                        Pliego de observaciones:                                                                               fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $346,947.48 (Trescientos cuarenta y
                                                                                                                                               seis mil novecientos cuarenta y siete pesos 48/100 M.N.); observando que los registros contables y
                                        2023-OA/CPM/035/2024-PO-15                                                                             presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
                                                                                                                                               al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde
                                        Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la     garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                        documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $203,137.95                 financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó la evidencia
                                        (Doscientos tres mil ciento treinta y siete pesos 95/100 M.N.), conforme a la observación detallada    del destino de los uniformes adquiridos y/o recepción por parte del personal beneficiado registrado
                                        en este resultado.”                                                                                    en la plantilla de personal del Municipio, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-10.

                                     (…)                                                                                                       Incumpliendo con lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
                                                                                                                                               Mexicanos; 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 de
                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                              la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos primero, segundo y último y 29 de la
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                               Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de
                                                                                                                                               Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley
                            Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación                           Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado
                            correspondiente y documento de control de mantenimiento; presentó información y                                    de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                            documentación como se detalla en el ANEXO DAM-FC-09-SOL, de la que se advierten
                            inconsistencias; por lo cual, la documentación presentada resulta insuficiente para                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            solventar las observaciones emitidas en cantidad de $203,137.95 (Doscientos tres mil                               acción:
                            ciento treinta y siete pesos 95/100 M.N.).
                                                                                                                                               Pliego de observaciones:
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracciones I y II de la Ley
                            General de Contabilidad Gubernamental; 28 párrafos primero, segundo y último de la Ley                             2023-OA/CPM/035/2024-PO-16
                            de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                            Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 120 de la Ley                                   Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley                              documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $346,947.48
                            Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos                               (Trescientos cuarenta y seis mil novecientos cuarenta y siete pesos 48/100 M.N.), conforme a la
                            del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                                                                observación detallada en este resultado.”

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                          (…)
                            insuficiente la información y documentación exhibida por la Entidad Fiscalizable,
                            concluyendo como no solventado el Resultado: AF-20.                                                                La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                                                                                                                                               antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
                            18
                                                                                                                                               Respecto a la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                                                                                                                                               correspondiente y la evidencia del destino de los uniformes adquiridos y/o recepción por
                                                                                                                                               parte del personal beneficiado; presentó información y documentación como se detalla en
                                                                                                                                               el ANEXO DAM-FC-10-SOL, de la cual se advierten inconsistencias; asimismo, no presentó la
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