Page 15 - San Felipe Jalapa de Díaz
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normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en Respecto a la documentación justificativa relativa al proceso de contratación y evidencia, INFORME FINAL DE AUDITORÍA
cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; así como, presentó comprobante fiscal digital por internet; tres cotizaciones; constancia de situación
la evidencia del servicio contratado; lo anterior como se detalla a continuación: fiscal; bases para el procedimiento por invitación restringida; guía de llenado de anexos; tres
oficios de invitación restringida; tres oficios de aceptación a la invitación; tres propuestas
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO económicas; acta que contiene cuadro comparativo, dictamen y fallo; contrato de
adquisición; oficio de entrega de material y evidencia fotográfica de los bienes adquirido, lo
NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE IMPORTE cual resulta suficiente para solventar la observación emitida.
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y CHEQUE O
TRANSFEREN 169,389.00
NÚM. DE $169,389.00
CUENTA CIA
BANCARIA
APORTACIONES Banco
(RAMO 33 FONDO
002467 31/12/2023 141,048.00 000469 31/12/2023 169,389.00 IV) - RECURSOS 31/12/2023 Santander, E3F97D7291A0
$169,389.00 cta. 18-
FEDERALES
00024728-0 Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
suficiente la información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo como solventado
TOTAL $141,048.00 el Resultado: AF-14.
Cuadro continúa a la derecha…
FECHA NÚM. COMPROBANTE IMPORTE CONCEPTO IMPORTE El siguiente Resultado: AF-15 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
31/12/2023 PROVEEDOR 169,389.00 COMPRA DE SERVICIO DE INTERNET MES OBSERVADO se transcribe a continuación:
BC7EB1D3-8D9E-4AE1- A OCTUBRE, TINTA, PAQUETES DE HOJAS
BCB2-E3F97D7291A0 JORGE HERRERA $169,389.00 BLANCAS, REPARACIÓN DE EQUIPO DE 141,048.00
MANZO COMPUTO HP. FACTURA PAGADA EN EL
MES DE NOVIEMBRE 2023 $141,048.00
(…)
CON OBSERVACIÓN
“RESULTADO: AF-15
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67, 70 fracción I de la Ley General de De la revisión a la sub-subcuenta 51321-3232 ARRENDAMIENTO DE BIENES Y EQUIPOS DE
Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, INCLUYE FOTOCOPIADORAS, IMPRESORAS ENTRE OTROS, se
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; constató que la entidad fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $440,640.00
120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186, párrafo tercero del Reglamento de la (Cuatrocientos cuarenta mil seiscientos cuarenta pesos 00/100 M.N.), observando que los registros
Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del contables y presupuestarios, no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del
Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. gasto, relativa al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable,
en donde garanticen al municipio, las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó evidencia
acción: de las impresoras arrendadas y evidencia de uso en las áreas solicitantes; lo anterior como se
detalla en el ANEXO DAM-FC-03.
Pliego de observaciones:
2023-OA/CPM/036/2024-PO-12. Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67, 70 fracción I de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca;
documentación y/o información que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186, párrafo tercero del Reglamento de la
$141,048.00 (Ciento cuarenta y un mil cuarenta y ocho pesos 00/100 M.N.), conforme a la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del
observación detallada en este resultado.” Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
(…) Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:
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