Page 13 - San Felipe Usila
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(…) Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles
“RESULTADO: AF-12 CON OBSERVACIÓN del Estado de Oaxaca; 186 párrafos tercero y cuarto del Reglamento de la Ley Estatal de INFORME FINAL DE AUDITORÍA
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de
De la revisión a la sub-subcuenta 51241-2492 OTROS MATERIALES Y ARTÍCULOS DE CONSTRUCCIÓN Y Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
REPARACIÓN, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de Tuxtepec,
Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $1,254,759.74 (Un millón doscientos cincuenta Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos 74/100 M.N.), observando que los registros contables como no solventado el Resultado: AF-12.
y presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa
al proceso de contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde El siguiente Resultado: AF-13 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, transcribe a continuación:
financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes, así como la evidencia de la recepción
y destino de los materiales adquiridos, además, no presentó Comprobantes Fiscales Digitales por
Internet en cantidad de $139,200.00 (Ciento treinta y nueve mil doscientos pesos 00/100 M.N.), lo anterior
como se detalla en el ANEXO DAM-FC-06.
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de (…)
Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Orgánica
Municipal del Estado de Oaxaca; 28 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, “RESULTADO: AF-13 CON OBSERVACIÓN
Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 186
párrafos tercero y cuarto del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad De la revisión a la sub-subcuenta 51251-2531 MEDICAMENTOS Y PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE
Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. APLICACIÓN HUMANA, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito de
Tuxtepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $57,657.91 (Cincuenta y siete mil
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente seiscientos cincuenta y siete pesos 91/100 M.N.), observando que los registros contables y
acción: presupuestarios no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a
la solicitud, autorización, tres cotizaciones como mínimo de distintos proveedores, cuadro comparativo
Pliego de observaciones: y evidencia de la recepción y destino de los medicamentos adquiridos, lo anterior como se detalla a
continuación:
2023-OA/CPM/037/2024-PO-11.
PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $1,254,759.74 (Un millón FUENTE DE FINANCIAMIENTO CAJA
doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos 74/100 M.N.), conforme a la
observación detallada en este resultado.” NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE
(…) 001449 26/05/2023 30,000.00 000439 26/05/2023 57,657.91 PARTICIPACIONES (RAMO 28) - RECURSOS 57,657.91
27,657.91 FEDERALES
TOTAL $57,657.91 $57,657.91 $57,657.91
Continúa cuadro a la derecha…
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad COMPROBANTE IMPORTE
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente OBSERVADO
transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-06-SOL, en cantidad de $1,254,759.74 (Un FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
millón doscientos cincuenta y cuatro mil setecientos cincuenta y nueve pesos 74/100 30,000.00
M.N.), no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de 26/05/2023 9346274A- PHARMA 57,657.91 COMPRA DE 10 Z-XIN (CIPROFLOXACINO 500MG) 12TABS
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por 97C5-4AC4- AMIGO LOTE: SA2316 CAD: 31-01-2025, 15 BIOPRAM 27,657.91
aceptadas las observaciones realizadas. (METOCLOPRAMIDA 10MG) 20TABS LOTE: 02661 CAD:28-06-
B243- 2024, 31 LARITOL (LORATADINA 5MG/5ML) SOL 60ML LOTE: $57,657.91
2801855E97A0 232628 CAD: 01-04-2025, 30 ACIDO ACETILSALICÍLICO
100MG (DALABUL-ULTRA) 30TABS LOTE: 3AM153A CAD:01-01-
2025, 10 CLORANFENICOL 0.5% (SOLVARIS) 15ML SOL LOTE:
XI2238 CAD: 30-11-2024,...
$57,657.91
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
de Contabilidad Gubernamental; 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación; 120 de la Ley Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
Fiscal 2023.
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