Page 16 - San Felipe Usila
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Pliego de observaciones: PÓLIZA DE DIARIO PÓLIZA DE EGRESO BANCO
INFORME FINAL DE AUDITORÍA 2023-OA/CPM/037/2024-PO-15. NÚMERO FECHA IMPORTE NÚMERO FECHA IMPORTE FUENTE DE FECHA INSTITUCIÓN No. DE CHEQUE IMPORTE
FINANCIAMIENTO BANCARIA Y O
Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $83,404.00 (Ochenta y tres NÚM. DE TRANSFERENCIA
mil cuatrocientos cuatro pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.” CUENTA BANCARIA
(…) 003362 01/12/2023 45,000.00 000992 01/12/2023 45,000.00 PARTICIPACIONES 01/12/2023 Banco PAGO SPEI 45,000.00
(RAMO 28) - Mercantil 0011223
RECURSOS del Norte,
FEDERALES
S.A.,
1211701467
TOTAL $45,000.00 $45,000.00 $45,000.00
Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad Continúa cuadro a la derecha…
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
transcrito en cantidad de $83,404.00 (Ochenta y tres mil cuatrocientos cuatro pesos 00/100 COMPROBANTE IMPORTE
M.N.), no ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de OBSERVADO
Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por FECHA NÚM. PROVEEDOR IMPORTE CONCEPTO
aceptadas las observaciones realizadas.
28/12/2023 F81BF8CD-0A42-4F99- VICTORINO 45,000.00 PAGO POR MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA PESADA DEL 45,000.00
9707-E8214ACC2666 MIRAVETES MATIAS GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN FELIPE USILA $45,000.00
$45,000.00
Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023. Fiscal 2023.
Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
acción:
Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye Pliego de observaciones:
como no solventado el Resultado: AF-16.
2023-OA/CPM/037/2024-PO-16.
El siguiente Resultado: AF-17 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que se
transcribe a continuación: Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $45,000.00 (Cuarenta y
(…) cinco mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
“RESULTADO: AF-17 (…)
CON OBSERVACIÓN Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad
Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente
De la revisión a la sub-subcuenta 51351-3571 INSTALACIÓN, REPARACIÓN Y MANTTO. DE MAQUINARIA, OTROS transcrito en cantidad de $45,000.00 (Cuarenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.), no
EQUIPOS Y HERRAMIENTAS, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Felipe Usila, Distrito ejerciendo a su favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior
de Tuxtepec, Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $45,000.00 (Cuarenta y cinco y Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las
mil pesos 00/100 M.N.), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran observaciones realizadas.
respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa a la solicitud, autorización, tres
cotizaciones como mínimo de distintos proveedores, cuadro comparativo y documento de control de Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General
mantenimiento, que evidencie y justifique que el mantenimiento se realizó a unidades propiedad del de Contabilidad Gubernamental; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
municipio, registradas en la plantilla vehicular, lo anterior como se detalla a continuación: Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 88 del Presupuesto de Egresos del Estado de
Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
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