Page 9 - San Juan Bautista Lo de Soto
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Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                                    Presentó copia certificada del Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles del Ejercicio                                                     INFORME FINAL DE AUDITORÍA
insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,                                            Fiscal 2023, así mismo, exhibió su publicación en la Gaceta Municipal N° 024 de fecha 14 de
concluyendo como no solventado el resultado AC-04.                                                                           septiembre 2023, no obstante, este documento no se encuentra debidamente firmado y
                                                                                                                             sellado, por lo que no acreditó su respectiva aprobación, por otra parte, no presentó
El siguiente resultado AC-05 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que                                    evidencia que confirme que el Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles se encuentre
se transcribe a continuación:                                                                                                registrado en la Cuenta Pública 2023 atendiendo las características y normativa de registro
                                                                                                                             establecidos, de igual manera, no exhibió documental que corrobore que haya sido
         (…)                                                                                                                 enviado al H. Congreso del Estado; en consecuencia se tiene por no solventado este punto.

            “RESULTADO: AC-05 CON OBSERVACIÓN                                                                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 28 y 43 de la Ley General de Contabilidad
                                                                                                                             Gubernamental; 12 párrafo primero y 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
            De la revisión y fiscalización a la documentación presentada por la Entidad Fiscalizable, se identificó          de Cuentas del Estado de Oaxaca; 110 fracciones I, II, III, 111, 113 y 120 párrafos primero y
            que presentó un documento denominado “Libro Analítico Auxiliar de Inventario de bienes muebles                   segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca.
            e inmuebles” sin que identifique a qué ejercicio fiscal corresponde, y así mismo las firmas ni sellos
            de autorización, y toda vez, que no acreditó la presentación de la Cuenta Pública ante la Auditoría              Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
            Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, no acreditó que haya cumplido con el registro del                insuficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable,
            Inventario de bienes muebles e inmuebles atendiendo las características y normativa de registro                  concluyendo como no solventado el resultado AC-05.
            establecidos, y sus correspondientes publicaciones en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado o
            en la Gaceta Municipal, así como haberlo hecho de conocimiento al Congreso del Estado.                           El siguiente resultado AC-06 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                                                                                                             se transcribe a continuación:
            Incumpliendo con lo establecido en los artículos 23 fracciones I, II, III, 24, 25, 27, 28 y 43 de la Ley
            General de Contabilidad Gubernamental; 12 párrafo primero de la Ley de Fiscalización Superior y                           (…)
            Rendición de Cuentas del Estado de Oaxaca; 2 de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,
            Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del                                   “RESULTADO: AC-06 CON OBSERVACIÓN
            Estado de Oaxaca; 71 párrafo primero fracción IX, 109, 110 fracciones I, II, III , 111, 112, 113 y 120 párrafos
            primero y segundo de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y Acuerdo por el que se                                 De la revisión y análisis a la documentación e información presentada por el Municipio, relativo a
            emiten los Lineamientos dirigidos a asegurar que el Sistema de Contabilidad Gubernamental                                    la Cuenta Pública, los Estados Financieros e Informes Trimestrales de Avance de Gestión
            facilite el Registro y Control de los Inventarios de los Bienes Muebles e Inmuebles de los Entes                             Financiera, del ejercicio fiscal en revisión, se determina lo siguiente:
            Públicos.
                                                                                                                                         a) Presentó la Cuenta Pública correspondiente al ejercicio fiscal 2023 con sellos y firmas del
            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:                                          Presidente Municipal, Síndico Municipal, Regidor de Hacienda y Tesorero Municipal, sin
                                                                                                                                               embargo, no exhibió evidencia de haberla remitido a la Auditoría Superior de Fiscalización del
            Solicitud de Aclaración:                                                                                                           Estado de Oaxaca, a más tardar el último día hábil del mes de febrero de 2024; así mismo, no
                                                                                                                                               acreditó que haya sido publicada en la página electrónica oficial del Municipio o en la página
            2023-OA/CPM/048/2024-SA-04                                                                                                         electrónica del Consejo Estatal de Armonización Contable de Oaxaca de la Secretaría de
                                                                                                                                               Finanzas del Estado de Oaxaca.
            Se requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
            documentación que compruebe, justifique o aclare, conforme a la observación que se detalla en                                b) Presentó los Estados Financieros y Avances de Gestión Financiera relativos a los cuatro
            este resultado.”                                                                                                                   trimestres del ejercicio fiscal 2023, sin embargo, no acreditó que hayan sido presentados ante
                                                                                                                                               la Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, dentro de los treinta días
         (…)                                                                                                                                   siguientes al término de cada trimestre, de igual manera, no exhibió evidencia que se
                                                                                                                                               encuentren publicados de acuerdo a la normatividad aplicable.
La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                                                                                                                                                                                7
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