Page 22 - San Juan Lalana
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(…)                          CON OBSERVACIÓN                                                             Gubernamental; 120 y 124 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo
                                                                                                                                         tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 28
                                “RESULTADO: AF-23                                                                                        de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y
                                                                                                                                         Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
INFORME FINAL DE AUDITORÍA      De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3341 CURSOS DE CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN A SERVIDORES         de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.
                                PÚBLICOS, se constató que el H. Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam,
                                Oaxaca, afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $2,545,008.67 (Dos millones quinientos           Debido a lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, concluye
                                cuarenta y cinco mil ocho pesos 67/100 M.N), observando que los registros contables y presupuestarios,   como no solventado el Resultado: AF-23.
                                no se encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de
                                contratación correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio,    El siguiente Resultado: AF-24 fue emitido en el Informe Preliminar de Auditoría, mismo que
                                las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás     se transcribe a continuación:
                                circunstancias pertinentes, asimismo, no presentó evidencia de los servicios contratados; lo anterior
                                como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11.

                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos  (…)                       CON OBSERVACIÓN
                                mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la
                                Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de     “RESULTADO: AF-24
                                Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                                Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del      De la revisión a la sub-subcuenta 51331-3363 SERVICIOS DE ELABORACIÓN E IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS
                                Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.                               OFICIALES, REPRODUCCIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO, LIBROS, FOLLETOS Y REVISTAS, se constató que el H.
                                                                                                                                         Ayuntamiento del Municipio de San Juan Lalana, Distrito de Choápam, Oaxaca, afectó el Presupuesto
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente    de Egresos en cantidad de $693,895.76 (Seiscientos noventa y tres mil ochocientos noventa y cinco
                                acción:                                                                                                  pesos 76/100 M.N), observando que los registros contables y presupuestarios, no se encuentran
                                                                                                                                         respaldados con la documentación justificativa del gasto, relativa al proceso de contratación
                                Pliego de observaciones:                                                                                 correspondiente, conforme a la normatividad aplicable, en donde garanticen al municipio, las mejores
                                                                                                                                         condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás
                                2023-OA/CPM/057/2024-PO-19.                                                                              circunstancias pertinentes; lo anterior como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12.

                                Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la      Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $2,545,008.68 (Dos            mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; 120 y 124 de la
                                millones quinientos cuarenta y cinco mil ocho pesos 68/100 M.N), conforme a la observación detallada     Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 186 párrafo tercero del Reglamento de la Ley Estatal de
                                en este resultado.”                                                                                      Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 28 de la Ley Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos,
                                                                                                                                         Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del
                                (…)                                                                                                      Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023.

                            Una vez vencido el plazo otorgado en el Informe Preliminar de Auditoría, la Entidad                          Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve la siguiente
                            Fiscalizable no aportó información o documentación respecto al resultado anteriormente                       acción:
                            transcrito y como se detalla en el ANEXO DAM-FC-11-SOL, en cantidad de $2,545,008.68
                            (Dos millones quinientos cuarenta y cinco mil ocho pesos 68/100 M.N), no ejerciendo a su                     Pliego de observaciones:
                            favor el derecho concedido en el artículo 34 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición
                            de Cuentas del Estado de Oaxaca, por lo que se tienen por aceptadas las observaciones                        2023-OA/CPM/057/2024-PO-20.
                            realizadas.
                                                                                                                                         Se le requiere, que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                            Incumpliendo con lo establecido en los artículos, 134 de la Constitución Política de los                     documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $693,895.76 (Seiscientos
                            Estados Unidos mexicanos; 42, 43, 67, 70 fracciones I de la Ley General de Contabilidad                      noventa y tres mil ochocientos noventa y cinco pesos 76/100 M.N), conforme a la observación detallada
                                                                                                                                         en este resultado.”

                                                                                                                                         (…)

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