Page 14 - San Miguel Soyaltepec
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INFORME FINAL DE AUDITORÍA      Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de       primero y segundo de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; y 186 párrafo       Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca; 88 del Presupuesto
                                tercero del Reglamento de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.                  de Egresos del Estado de Oaxaca para el Ejercicio Fiscal 2023; y 186 párrafo tercero del Reglamento
                                                                                                                                       de la Ley Estatal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
                                Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                                                                                                                       Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, promueve:
                                Pliego de Observaciones.
                                                                                                                                       Pliego de Observaciones.
                                2023- OA/CPM/070/2024-PO-09
                                                                                                                                       2023- OA/CPM/070/2024-PO-10
                                Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $270,000.00 (Doscientos     Se le requiere que presente ante esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, la
                                setenta mil pesos 00/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”                documentación que compruebe, justifique, aclare o reintegre la cantidad de $113,030.40 (Ciento trece
                                                                                                                                       mil treinta pesos 40/100 M.N.), conforme a la observación detallada en este resultado.”
                                (…)
                                                                                                                                       (…)

                            La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado                      La Entidad Fiscalizable exhibió información y documentación para atender el resultado
                            antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:                                       antes transcrito, misma que fue analizada determinando lo siguiente:

                            Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las                      Presentó copias certificadas correspondientes a este resultado; acreditando todas las
                            observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-12-SOL-12.                     observaciones transcritas anteriormente, como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13-SOL-13.

                            Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera                  Por lo anterior, esta Auditoría Superior de Fiscalización del Estado de Oaxaca, considera
                            suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo                suficiente la documentación e información exhibida por la Entidad Fiscalizable, concluyendo
                            como solventado el resultado AF-14.                                                                        como solventado el resultado AF-15.

                            El siguiente resultado AF-15 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se               El siguiente resultado AF-16 fue emitido en el informe preliminar de auditoría, mismo que se
                            transcribe a continuación:                                                                                 transcribe a continuación:

                                (…)                CON OBSERVACIÓN                                                                     (…)

                                “RESULTADO: AF-15                                                                                      “RESULTADO: AF-16

                                                                                                                                                          CON OBSERVACIÓN

                                De la revisión a las sub-subcuenta 51271-2712 UNIFORMES Y ACCESORIOS, se constató que la Entidad       De la revisión a las sub-subcuenta 51291-2961 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE
                                Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de $443,084.60 (Cuatrocientos cuarenta       TRANSPORTE, se constató que la Entidad Fiscalizable afectó el Presupuesto de Egresos en cantidad de
                                y tres mil ochenta y cuatro pesos 60/100 M.N.), observándose la cantidad de $113,030.40 (Ciento        $1,213,796.15 (Un millón doscientos trece mil setecientos noventa y seis pesos 15/100 M.N.),
                                trece mil treinta pesos 40/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se     observándose la cantidad de $411,586.14 (Cuatrocientos once mil quinientos ochenta y seis pesos
                                encuentran respaldados con la documentación justificativa del gasto como es el procedimiento de        14/100 M.N.), debido a que los registros contables y presupuestarios no se encuentran respaldados
                                contratación en donde garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a          con la documentación justificativa del gasto como es el procedimiento de contratación en donde
                                precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de los   garanticen al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad,
                                uniformes, la autorización para la adquisición, la constancia de recepción y la evidencia del destino  financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes; la solicitud de refacciones, la
                                final de los uniformes; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-13.                                         autorización correspondiente, la constancia de recepción, la evidencia del uso y destino final del
                                                                                                                                       recurso y plantilla vehicular; como se detalla en el ANEXO DAM-FC-14.
                                Incumpliendo con lo establecido en los artículos 42, 43, 67 y 70 fracción I de la Ley General de
                                Contabilidad Gubernamental; 120 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca; 28 párrafos

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